DecretoVigente
Decreto 2515 de 1983
por el cual se reglamenta lo relacionado con las condecoraciones en el Departamento Administrativo de Seguridad.
13artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Son Requisitos Mínimos Necesarios Para Considerar El Otorgamiento De La "medalla Del Departamento Administrativo De Seguridad"2La Medalla Del Departamento Administrativo De Seguridad En El Grado "acción Distinguida De Valor" Se Otorgará Al Funcionario Del Das Que En Cumplimiento De Sus Deberes Oficiales, En Desarrollo De Misiones Encomendadas Por Sus Superiores O Con El Fin De Prevenir O Frustrar La Comisión De Delitos Ejecute Acto Sobresaliente Y Distinguido De Valor3La Medalla Del Departamento Administrativo De Seguridad En El Grado De "cumplimiento Excepcional Des Deber" Se Otorgará Al Funcionario Del Departamento Que, Además De Tener Un Óptimo Y Normal Desempeño De Sus Tareas Se Caracterice Excepcionalmente Por Sus Virtudes Cívicas Y Ciudadanas, Compañerismo, Dedicación Al Trabajo, Lealtad A La Institución, Colaboración, Interés Profesional, Intachable Moral Y Espíritu De Cuerpo4La Medalla Del Departamento Administrativa De Seguridad En El Grado De "servicios Distinguidos" Se Otorgará Al Personal Del Departamento Y A Los Particulares Que Se Hayan Caracterizado Por Su Espíritu De Servicio, Cooperación, Auxilio Y Óptima Disposición Para El Buen Cumplimiento De Cualquiera De Las Tareas Que La Ley Le Asigna Al Das5La Condecoración "medalla Del Departamento Administrativo De Seguridad En El Grado De "acción Distinguida De Valor" Consistirá En Un Sol Radiante Dorado, Cuyo Centro Ostenta El Escudo De Armas Del Departamento Administrativo De Seguridad, Esmaltado Al Fuego Y Pendiente De Una Cinta De Fondo Azul Celeste Y Blanco6La Condecoración Medalla Del Departamento Administrativo De Seguridad En El Grado De "cumplimiento Excepcional Del Deber" Consistirá En Un Sol Radiante Plateado, Cuyo Centro Ostenta El Escudo De Armas Del Departamento Administrativo De Seguridad, Esmaltado Al Fuego Y Pendiente De Una Cinta De Fondo Azul Celeste Y Blanco7La Condecoración Medalla Del Departamento Administrativo De Seguridad En El Grado De "servicios Distinguidos" Consistirá En Un Sol Radiante Bronceado, Cuyo Centro Ostenta El Escudo De Armas Del Departamento Administrativo De Seguridad, Esmaltado Al Fuego Y Pendiente De Una Cinta De Fondo Azul Celeste Y Blanco8El Secretario General, El Director Central De Inteligencia, Los Jefes De Oficina Y División Y Los Directores Seccionales Podrán Solicitar Al Jefe Del Departamento La Consideración De Funcionarios O Particulares Que, Previo Cumplimiento De Los Requisitos Mínimos Previstos En El Artículo 1º De Este Decreto, Merezcan Una Condecoración9La Medalla Del Departamento Se Otorgará Siempre Por Decreto Del Gobierno, Previa Solicitud Del Jefe Del Departamento10La Jefatura De Personal Del Departamento Levantará Las Actas, Hará Los Registros Y Conservará Los Archivos Relacionados Con El Otorgamiento De Condecoraciones11La Imposición De Las Condecoraciones A Que Se Refiere El Presente Decreto Se Efectuará En Acto Especial Convocado Para Tal Efecto12Los Gastos Que Demande El Cumplimiento De Este Decreto Se Harán Con Cargo A Los Rubros De Bienestar Social Del Presupuesto Del Fondo Rotatorio Del Departamento Administrativo De Seguridad13Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
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