Artículo 1Adiciónase El Presupuesto De Ingresos Del Fondo Vial Nacional Para La Vigencia Fiscal De 1968, En La Suma De Ciento Treinta Millones De Pesos ($ 130
° Adiciónase el presupuesto de ingresos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal de 1968, en la suma de ciento treinta millones de pesos ($ 130.000.000.00), según el siguiente detalle: AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 32510 (TABLAS DE PRESUPUESTOS) PÁG. 8.
Artículo 2Con Base En Los Recursos Anteriores, Adiciónanse Las Apropiaciones Para Atender A Los Gastos Del Fondo Vial Nacional, Durante La Vigencia Fiscal Del 1° De Enero Al 31 De Diciembre De 1968, En La Suma De Ciento Treinta Millones De Pesos ($ 130
° Con base en los recursos anteriores, adiciónanse las apropiaciones para atender a los gastos del Fondo Vial Nacional, durante la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1968, en la suma de ciento treinta millones de pesos ($ 130.000.000.00), distribuida en la siguiente forma: AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 32498 (TABLAS DE PRESUPUESTOS) PÁG. 8.
Artículo 3Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas