Micelio

decreto 3835 de 2006

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto y en desarrollo de lo dispuesto en el Decreto 3669 del 19 de octubre de 2006, CONSIDERANDO: Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto faculta al Gobierno para dictar el Decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación

Considerando · 3 motivos

Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto faculta al Gobierno para dictar el Decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación;

Que el citado artículo prevé que el decreto se acompañará con un anexo que tendrá el detalle del gasto;

Que mediante Decreto 3669 del 19 de octubre de 2006 se adicionó el Presupuesto General de la Nación para la presente vigencia fiscal en setecientos dieciocho millones seiscientos veinte mil pesos con cero centavos ($718.620.000.00);

Artículo 1Presupuesto De Rentas Y Recursos De Capital

°. Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. Efectúese la siguiente liquidación a la adición en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2006, en la suma de setecientos dieciocho millones seiscientos veinte mil pesos con cero centavos ($718.620.000.00), según el siguiente detalle: RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION

1.

INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL 718.620.000.00

2.

RECURSOS DE CAPITAL DE LA NACION 718.620.000.00

Artículo 2Presupuesto De Gastos

°. Presupuesto de Gastos. Efectúese la siguiente liquidación a la adición en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2006, en la suma de setecientos dieciocho millones seiscientos veinte mil pesos con cero centavos ($718.620.000.00) según el siguiente detalle: ADICIONES - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION CTA. PROG. SUBC. SUBP CONCEPTO APORTE NACIONAL RECURSOS PROPIOS TOTAL SECCION 2901-01 FISCALIA GENERAL DE LA NACION - GESTION GENERAL A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO 718.620.000.00 718.620.000.00 TOTAL PRESUPUESTO 718.620.000.00 718.620.000.00

Artículo 3

º . El presente decreto se acompaña de un anexo que contiene el detalle del gasto.

Artículo 4

º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto y en desarrollo de lo dispuesto en el Decreto 3669 del 19 de octubre de 2006
El Ministro de Hacienda y Crédito Público