Micelio

decreto 1771 de 1989

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política

Artículo 1

º. Créase el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Colombia, no residente ante la República de Fiji.

Artículo 2

º. Nómbrase al doctor Antonio Puerto Tovar, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Colombia, no residente ante la República de Fiji,

Artículo 3

º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política
El Ministro de Relaciones Exteriores