Micelio

decreto 1066 de 1934

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El Presidente de La República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Artículo único . Desde el 16 de los corrientes la asignación mensual del Adjunto Archivero del Departamento número 1 (Secretaría), del Ministerio de Guerra, será de ciento cincuenta pesos ($150). Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Guerra