en uso de sus facultades legales
Artículo 1
De la partida apropiada en el Capítulo 584, artículo 5911 del Presupuesto vigente "para las vías de penetración en los Llanos Orientales, según distribución que hará el Gobierno Nacional", hácese la siguiente distribución:
Artículo 5911Del Presupuesto Vigente "para Las Vías De Penetración En Los Llanos Orientales, Según Distribución Que Hará El Gobierno Nacional", Hácese La Siguiente Distribución: Capítulo 584, Articulo 5911
Artículo único . De la partida apropiada en el Capítulo 584, artículo 5911 del Presupuesto vigente "para las vías de penetración en los Llanos Orientales, según distribución que hará el Gobierno Nacional", hácese la siguiente distribución: Capítulo 584, articulo 5911. Ordinal 1). Para el paso del río Ariari, en la vía de Cubarral $ 100.000 00 Ordinal 2). Para los siguientes sectores (ramales de la Carretera Villavicencio Restrepo Cumaral); Chepero Veracruz Bodega, Chepero Buenos Aires; rio Caney Vega Grande San Nicolás, Bávaria-Puente Abadía Montfort 200.000 00 Ordinal 3). Para los siguientes sectores (ramales de la Carretera Villavicencio Puerto López Orocué); rio Negrito Angosturas Bocas, río Guayuriba, Menegua Marayal Yaricó, La Nirvana Santaya-Cabuyaro, Mata Azul - Remolino 180.000 00 Total $ 480.000 00 Comuníquese y publíquese.