Micelio

decreto 318 de 1955

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales

Artículo 474Del Presupuesto Vigente "para Pagar Los Aportes A La Construcción De Estadios De Acuerdo Con

Artículo primero. En armonía con lo dispuesto en el Decreto legislativo número 2315 de 1954, hácese la siguiente distribución parcial de la partida liquidada en el Capítulo 42, artículo 474 del Presupuesto vigente "Para pagar los aportes a la construcción de estadios de acuerdo con .el Decreto número 2315 de 1954, según distribución que hará el Gobierno por decreto separado, en el año, así: Recursos del Crédito. Capítulo 42, artículo 474. C1giII (a) Odinal 1°) Para auxiliar la construcción del Coliseo cubierto de basket-ball de la ciudad de Medellín, suma que se entregará al Tesorero de dicho Municipio previo el cumplimiento de las formalidades administrativas y fiscales vigentes para esta clase de auxilios, y de las que trata el citado Decreto legislativo 2315 de 1954 $ 600.00.00

Artículo 2

Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público