Artículo 1Créanse En La Planta De Personal De La Unidad Administrativa Especial De Gestión Pensional Y Contribuciones Parafiscales De La Protección Social (Ugpp) Los Siguientes Empleos Temporales, Hasta El 31 De Diciembre De 2018, Así: N° De Cargos Dependencia Y Denominación Del Empleo Código Grado Planta Global 5 (Cinco) Profesional Especializado 2028 21 100 (Cien) Profesional Especializado 2028 19 81 (Ochenta Y Uno) Profesional Especializado 2028 18 Texto Correspondiente A [ Mostrar ] Prorrogado (A Partir Del 1° De Enero De 2023 Y Hasta El 31 De Diciembre De 2024, La Vigencia De Los Empleos De La Planta Temporal Creados Mediante El Decreto 577 De 2013 ) Artículo 1 Decreto 2444 De 2022
°. Créanse en la Planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) los siguientes empleos temporales, hasta el 31 de diciembre de 2018, así: N° DE CARGOS DEPENDENCIA Y DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO PLANTA GLOBAL 5 (cinco) Profesional Especializado 2028 21 100 (cien) Profesional Especializado 2028 19 81 (ochenta y uno) Profesional Especializado 2028 18
Artículo 2La Provisión De Los Empleos Creados En El Presente Decreto Se Efectuará En Forma Gradual, De Conformidad Con Las Disponibilidades Presupuestales Y Hasta La Concurrencia De Las Respectivas Apropiaciones
°. La provisión de los empleos creados en el presente decreto se efectuará en forma gradual, de conformidad con las disponibilidades presupuestales y hasta la concurrencia de las respectivas apropiaciones.
Artículo 3El Director General De La Unidad Administrativa Especial De Gestión Pensional Y Contribuciones Parafiscales De La Protección Social (Ugpp) Distribuirá Los Cargos De La Planta Global A Que Hace Referencia El Artículo Primero Del Presente Decreto Mediante Acto Administrativo Y Ubicará El Personal Teniendo En Cuenta La Organización Interna, Las Necesidades Del Servicio, Y Los Planes Y Programas De La Entidad
°. El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) distribuirá los cargos de la planta global a que hace referencia el artículo primero del presente Decreto mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, y los planes y programas de la entidad.
Artículo 4Los Empleos De Carácter Temporal, Creados En El Presente Decreto, Deberán Dirigirse Al Cumplimiento De Las Funciones Que Dieron Lugar A La Creación De Los Mismos, De Conformidad Con Lo Señalado En La Ley 909 De 2004 Y El Decreto Reglamentario 1227 De 2005 Y Demás Disposiciones Que Le Modifiquen, Adicionen O Sustituyan
°. Los empleos de carácter temporal, creados en el presente decreto, deberán dirigirse al cumplimiento de las funciones que dieron lugar a la creación de los mismos, de conformidad con lo señalado en la Ley 909 de 2004 y el Decreto Reglamentario 1227 de 2005 y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyan.
Artículo 5El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.