Micelio

decreto 759 de 1949

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades, y CONSIDERANDO: Que por la Ley 70 de 1947 fueron anexados a la Comisaría Especial del Caquetá los Corregimientos de La Tagna y Puerto Leguisamo, pertenecientes antes a la Comisaria Especial del Amazonas

Considerando · 2 motivos

Que por la Ley 70 de 1947 fueron anexados a la Comisaría Especial del Caquetá los Corregimientos de La Tagna y Puerto Leguisamo, pertenecientes antes a la Comisaria Especial del Amazonas;

Que dichos Corregimientos no pertenecen en la actualidad a ninguno de los Jurados Electorales que creó en la Comisaría Especial del Caquetá el Decreto número 1344 de 1944;

Artículo 1Adiciónase El Decreto 1344 De 1944 En El Sentido De Que Los Corregimientos De La Tagua Y Puerto Leguisamo, Anexados A La Comisaría Del Caquetá Por La Ley 70 De 1947, Dependerán En Lo Electoral Del Jurado De Florencia

° Adiciónase el Decreto 1344 de 1944 en el sentido de que los Corregimientos de La Tagua y Puerto Leguisamo, anexados a la Comisaría del Caquetá por la Ley 70 de 1947, dependerán en lo electoral del Jurado de Florencia.

Artículo 2Este Decreto Regirá Desde Su Expedición

° Este Decreto regirá desde su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno