en uso de sus atribuciones legales
Artículo 1
Artículo único. Los acantonamientos de los Comandos de División, Jefaturas de Frontera Cuerpos de tropa del Ejército e Institutos de Cultura Militar serán los siguientes: Batallón Guardia de Honor , en Bogotá. 1ª División: Comando de la División, Batallón de Infantería Sucre número 2. Grupo de Caballería Páez número 1, Grupo de Artillería Bogotá número 1, y Compañía de Sanidad número 1, en Bogotá. Batallón de Infantería Bolívar número 1, en Tunja. Batallón de Ferrocarrileros Mejía número 1, en Facatativá. Batallón de Infantería Bárbula número 13, en Neiva. 2ª División: Comando de la División y Batallón de Infantería Nariño número 5, en Barranquilla. Batallón de Infantería Córdoba número 6, en Santa Marta. Batallón de Infantería Cartagena número 7, en Cartagena. Batallón de Ferrocarrileros Albán número 2, en Ciénaga. 3ª División: Comando de la División y Batallón de Infantería Pichincha número 10, en Cali. Batallón de Infantería Junín número 11, en Popayán. Batallón de Infantería Boyacá número 12, en Pasto. Grupo de; Caballería Cabal número 3, en Ipiales. Grupo de Artillería Palacé número 3, en Buga. Batallón de Ferrocarrileros Soublette número 3, en Armenia. 4ª División: Comando de la División y Batallón de Infantería Girardot número 8, en Medellín. Batallón de Infantería Ayacucho número 9, en Manizales. Batallón de Infantería Bombona numero 14, en el Líbano. Batallón de Zapadores Caldas número 4, en Ibagué. 5ª División: Comando de la División y Batallón de Infantería Ricaurte número 3, en Bucaramanga. Batallón de Infantería Santander número 4, en Cucuta. Batallón de Infantería García Rovira número 15, en Pamplona. Escuadrón de Caballería Maza número 5, en Chitagá. Las Jefaturas de Frontera del Norte y del Sur tendrán su asiento ordinario en Cúcuta y Pasto, respectivamente. Las Escuelas Superior de Guerra, Militar de Cadetes y de Suboficiales, funcionaran en Bogotá; y la de Aviación Militar, en Madrid. Comuníquese y publíquese.