Micelio

decreto 2457 de 1988

2 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 128 de la Constitución Política, y CONSIDERANDO: Que el Jefe del Estado ha sido invitado por el Gobierno de los Estados Unidos de México para asistir a la Ceremonia de Transmisión del Mando Presidencial, que se celebrará en la ciudad de México

Considerando · 3 motivos

Que el Jefe del Estado ha sido invitado por el Gobierno de los Estados Unidos de México para asistir a la Ceremonia de Transmisión del Mando Presidencial, que se celebrará en la ciudad de México;

Que el Presidente de la República en virtud de la anterior invitación se ausentará del país desde el 30 de noviembre de 1988;

Que en razón de la precedencia establecida en las leyes vigentes, el Ministro de Gobierno está habilitado para ejercer funciones constitucionales como Ministro Delegatario;

Artículo 1

º Deléganse en el Ministro de Gobierno, César Gaviria Trujillo, por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, las siguientes funciones constitucionales

a)

Artículo 118, numerales 7º y 8º.

b)

Artículo 119, numeral 2º.

c)

Artículo 120 con excepción de los asuntos indicados en el numeral 20.

Artículo 2

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 128 de la Constitución Política, y
El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República