Micelio

decreto 461 de 1995

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 189 de la Constitución Política, 2° del Decreto 1666 de 1991 y 34 del Decreto 1950 de 1973

Artículo 1

° . Modificar el artículo 3° del Decreto 411 del 7 de marzo de 1995, en el sentido que los gastos ocasionados por la comisión del Ministro de Minas y Energía, doctor Jorge Eduardo Cock Londoño, de la ciudad de Washington, como son pasajes aéreos de ida y regreso y viáticos diarios, serán con cargo al presupuesto de la Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol y no como allí aparece.

Artículo 2

° . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá D C., a 16 de marzo de 1995. ERNESTO SAMPER PIZANO El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Juan Manuel Turbay Marulanda.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República