Artículo 1Créase El Comité De Coordinación Interinstitucional, Con Carácter Temporal, De La Conferencia De Plenipotenciarios Y Reuniones Conexas Del Programa De Las Naciones Unidas Para El Medio Ambiente (Pnuma), Que Se Realizará En La Ciudad De Cartagena Entre Los Días 14 Al 26 De Marzo De 1983
º Créase el Comité de Coordinación Interinstitucional, con carácter temporal, de la Conferencia de Plenipotenciarios y reuniones conexas del programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), que se realizará en la ciudad de Cartagena entre los días 14 al 26 de marzo de 1983.
Artículo 2El Comité A Que Se Refiere El Artículo Anterior Estará Integrado Dé La' Siguiente Forma: A) Por El Ministro De Relaciones Exteriores, Quien Lo Preside; B) Por El Comandante Dé
º El Comité a que se refiere el artículo anterior estará integrado dé la' siguiente forma
Por el Ministro de Relaciones Exteriores, quien lo preside;
Por el Comandante dé.la Armada Nacional;
Por él Director General Marítimo y Portuário:
Por el Gerente General del Banco de la República;
Por el Director de Colciencias y
Por el Gerente de la Corporación Nacional de Turismo.
El Comité a que se refiere este artículo se reunirá por citación del Ministró de Relaciones Exteriores.
Artículo 3El Comité De Coordinación Interinstitucional Tendrá Las Siguientes Funciones: A) Gestionar Los Aportes Presupuestales Que Demande La Realizaciones Del Certamen
º El Comité de Coordinación Interinstitucional tendrá las siguientes funciones
Gestionar los aportes presupuestales que demande la realizaciones del certamen.
Gestionar y organizar el apoyo logístico de las reuniones a que se refiere el artículo 1º del presente Decreto.
Resolver los pormenores y mantener estrecha coordinación con-los representantes de Naciones Unidas
Integrar un grupo coordinador de las distintas actividades.
Artículo 4La Participación De Los Miembros Que Integran El Comité De Coordinación Interinstitucional, Será Ad Honórem
º La participación de los miembros que integran el Comité de coordinación Interinstitucional, será ad honórem.
Artículo 5Los Gastos Que Demande La Organización Y Ejecución Del Evento A Que Se
º Los gastos que demande la organización y ejecución del evento a que se .refiere el artículo 1º del presente Decreto, serán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comando de la Armada, Dirección General Marítima y Portuaria, Colciencias, Banco de la República y demás entidades oficiales y privadas que deseen brindar sus aportes.
Artículo 6El Comité Rendirá Un Informe A La Presidencia De La República, Sobre El Cumplimiento Cabal Del Presente Decreto, Al Término Del Cual Cesará En Sus Funciones
º El Comité rendirá un informe a la Presidencia de la República, sobre el cumplimiento cabal del presente Decreto, al término del cual cesará en sus funciones.
Artículo 7Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su
º Este Decreto rige a partir de la fecha de su .expedición. Comuníquese y publíquese.