El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales
Artículo 1Créase La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De Grecia, La Cual Estará A Cargo De Un Embajador Extraordinario Y Plenipotenciario, No Residente
º Créase la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Grecia, la cual estará a cargo de un Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, no residente.
Artículo 2Asígnase Las Funciones De La Embajada A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Al Señor General (R) Luis Callos Camacho Leyva, Actual Embajador Extraordinario Y Plenipotenciario De Colombia Ante El Gobierno De Italia
º Asígnase las funciones de la Embajada a que se refiere el artículo anterior, al señor General (r) Luis Callos Camacho Leyva, actual Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Colombia ante el Gobierno de Italia.
Artículo 3Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores