El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de las facultades constitucionales y legales
Artículo 1
º . Modifícase parcialmente el artículo 1º del Decreto 415 de 2002, en el sentido de que el funcionario designado para realizar el seguimiento del proceso electoral del 26 de mayo y 16 de junio de 2002 (segunda vuelta si fuere necesario), en el departamento del Valle, será el doctor Pedro Nel Ospina Santa-María, Presidente de Bancafé.
Artículo 2
º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica parcialmente el artículo 1º del Decreto 415 de 2002. Comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, como Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales
El Ministro del Interior