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decreto 1457 de 1988

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el ordinal 3° del artículo 120 de la Constitución Política de Colombia y el parágrafo del artículo 4° del Decreto extraordinario 118 del 20 de enero de 1988

Artículo 1

° Apruébase la Resolución número JD-000052 del 30 de junio de 1988, emanada de la Junta Directiva de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, Telecom, cuyo texto es el siguiente: “RESOLUCION NUMERO JD-000052 DE 1988 (junio 30) por medio de la cual se fijan las condiciones y requisitos para la promoción a Profesional IV y se dictan otras disposiciones. La Junta Directiva de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, en uso de sus facultades, y CONSIDERANDO: Que en el artículo 9° del Decreto 2200 de 1987, se estructura el nivel Profesional y se dispuso adicionar el grado IV al cargo de Profesional. Que en el artículo 3° del Decreto 118 de 1988, fue establecido el escalafón para el nivel Profesional. Que según lo indicado en el artículo 29 del Decreto 2200 de 1987, se deben fijar los requisitos y condiciones para la promoción, RESUELVE: Artículo 1° Los funcionarios de la Empresa que se desempeñen como Profesional III, grupo 3, código 0368, podrán ser promocionados al grado o nivel IV, previo cumplimiento de los siguientes requisitos

a)

Título universitario a nivel superior, debidamente reconocido.

b)

Matrícula o Tarjeta Profesional en los casos en que la ley lo exija.

c)

Cuatro (4) años de experiencia específica como Profesional III.

d)

Ciento veinte (120) horas-clase certificadas por el ITEC.

Artículo 2

° El Presente Decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el ordinal 3° del artículo 120 de la Constitución Política de Colombia y el parágrafo del artículo 4° del Decreto extraordinario 118 del 20 de enero de 1988
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público Encargado de las Funciones del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Comunicaciones
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil