Micelio

decreto 1386 de 1924

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Artículo 1Divídense Las Funciones Del Cajero Contador De La Sección Segunda Del Ferrocarril Central Del Norte, En Las De Cajero General Y Contador General De La Empresa, Con Las Asignaciones De $ 180 Y $ 170, Respectivamente

º Divídense las funciones del Cajero Contador de la Sección segunda del Ferrocarril Central del Norte, en las de Cajero General y Contador General de la Empresa, con las asignaciones de $ 180 y $ 170, respectivamente.

Artículo 2El Señor Luis J

º El señor Luis J. Franco continuará desempeñando las funciones de Cajero General de la Empresa, y para las de Contador General, nómbrase al señor Alfonso Arbeláez. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas