en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 17 del Decreto-ley 2247 de 1984
Artículo 1La Planta De Empleados Públicos De La Policía Nacional Para El Año 1990, Será La Siguiente: Jefe División, Código 2040, Grado 06 1 Jefe Sección, Código 2075, Grados 05 1 Jefe De Grupo, Código 2085, Grado 04 2 Profesional Universitario, Código 3020, Grado 06 8 Profesional Universitario, Código 3020, Grado O4 8 Auditor Superior De Guerra, Grado 19 1 Auditor Principal De Guerra, Grado 18 7 Auditor Auxiliar De Guerra, Grado 17 42 Juez Penal Militar, Grado 17 48 Secretario, Grado 10 98 Especialista Asesor Primero 190 Especialista Asesor Segundo 200 Especialista Jefe 200 Especialista Primero 350 Especialista Segundo 190 Especialista Tercero 200 Especialista Cuarto 220 Especialista Quinto 200 Especialista Sexto 185 Adjunto Jefe 475 Adjunto Intendente 465 Adjunto Mayor 465 Adjunto Especial 465 Adjunto Primero 580 Adjunto Segundo 505 Adjunto Tercero 600 Auxiliar Primero 830 Auxiliar Segundo 770
° La Planta de Empleados Públicos de la Policía Nacional para el año 1990, será la siguiente: Jefe División, código 2040, grado 06 1 Jefe Sección, código 2075, grados 05 1 Jefe de Grupo, código 2085, grado 04 2 Profesional Universitario, código 3020, grado 06 8 Profesional Universitario, código 3020, grado O4 8 Auditor Superior de Guerra, grado 19 1 Auditor Principal de Guerra, grado 18 7 Auditor Auxiliar de Guerra, grado 17 42 Juez Penal Militar, grado 17 48 Secretario, grado 10 98 Especialista Asesor Primero 190 Especialista Asesor Segundo 200 Especialista Jefe 200 Especialista Primero 350 Especialista Segundo 190 Especialista Tercero 200 Especialista Cuarto 220 Especialista Quinto 200 Especialista Sexto 185 Adjunto Jefe 475 Adjunto Intendente 465 Adjunto Mayor 465 Adjunto Especial 465 Adjunto Primero 580 Adjunto Segundo 505 Adjunto Tercero 600 Auxiliar Primero 830 Auxiliar Segundo 770
Artículo 2Los Empleados Públicos De La Policía Nacional Que Reúnan Los Requisitos Establecidos En El Decreto-Ley 2247 De 1984, Podrán Ser Promovidos Dentro De Las Diferentes Categorías Sin Exceder El Número De La Planta Fijada En El Presente Decreto, Siempre Y Cuando La Disponibilidad Presupuestal Así Lo Permita
° Los Empleados Públicos de la Policía Nacional que reúnan los requisitos establecidos en el Decreto-Ley 2247 de 1984, podrán ser promovidos dentro de las diferentes categorías sin exceder el número de la planta fijada en el presente Decreto, siempre y cuando la disponibilidad presupuestal así lo permita.
Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir La Fecha De Su Publicación
° El presente Decreto rige a partir la fecha de su publicación.