en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO: Que para la defensa y fomento de la industria del cacao, la Ley 148 de 1938 creó una Granja Escuela en el Municipio de Puerto Tejada, en el Departamento del Cauca
Considerando · 3 motivos
Que para la defensa y fomento de la industria del cacao, la Ley 148 de 1938 creó una Granja Escuela en el Municipio de Puerto Tejada, en el Departamento del Cauca;
Que por medio del Decreto 2089 de 1939 se delegó en la Gobernación del Cauca la labor concerniente a la compra de los terrenos, construcciones y dotación en general de la Granja Escuela en Puerto Tejada, y se situó la suma de S 15.000, apropiada en el Presupuesto de dicha vigencia, a la orden de la Gobernación del Departamento para ser invertidos en la Granja Escuela de que se trata, conforme a las modalidades que señaló dicho Decreto;
Que por no haber sido suficiente la situación de fondos para el fin indicado, estos se mantienen a disposición de la. Gobernación del Cauca, y en el Presupuesto de la actual vigencia se encuentra incluida para los mismos fines la partida de $ 50.000;
Artículo UNICO
Artículo único. Destinase la suma de $ 50.000, tomada de la en las condiciones señaladas en el Decreto número 2089 de 30 de octubre de 1939.