Artículo 1
Autorízase al señor Administrador General de Telégrafos y Teléfonos para que proceda á vender en licitación pública, de acuerdo con lo prescrito en el Código Fiscal, los bienes muebles á que se refiere este Decreto. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Subsecretario de Gobierno encargado del Despacho
Bernardo Escovarencargado