Artículo 1
Artículo primero. Apruébase el Acuerdo número 000012 del 12 de marzo de 1975, emanado de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte y cuyo texto es el siguiente: "ACUERDO NUMERO 000012 DE 1975 por el cual se modifica la Planta de Personal del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, "Coldeportes". La Junta Directiva del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, en uso de de sus facultades legales y estatutarias, acuerda:
Artículo 2
Artículo primero. Suprímanse de la Planta de Personal del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, establecida por el Decreto número 352 de 1974, los siguientes cargos: N°. de cargos Dependencia y denominación del empleo Clase Grado Sueldo básico Sección de Estudios Económicos 1 Estadístico III 23 $ 6.600 Secretaría General 1 Asistente Administrativo V 25 7.800 2 Técnicos en Administración de Personal I 23 6.600 1 Mecanógrafo VII 15 3.110 Sección Financiera 1 Tesorero V 25 7.800 1 Mecanógrafo VII 15 3.110 Sección de Servicios Administrativos 1 Jefe de Sección de Personal Técnico I 31 11.400 1 Revisor de Documentos VII 18 4.140 1 Operador de Equipo V 18 4.140 1 Mecanotaquígrafo V 16 3.420 2 Mecanógrafos VII 15 3.110 1 Recepcionista IV 15 3.110 1 Chofer Mecánico II 13 2.570 3 Celadores XII 11 2.120 3 Auxiliar de Servicios Generales VII 11 2.420 3 Auxiliar de Servicios Generales VI 10 1.930 N°. de cargos Dependencia y denominación del empleo Clase Grado Sueldo básico Fondo Rotatorio de Implementos Deportivos 1 Jefe de Almacén IV 23 6.600 1 Almacenista I 16 4.320 1 Mecanógrafo VII 15 3.110 1 Auxiliar de Servicios Generales VII 11 2.210 Coordinación Técnico Deportivo 1 Asesor (Coordinador Técnico Deportivo) VII 35 13.800 1 Secretario V 18 4.140 Centro de Capacitación Deportivo 1 Jefe de Grupo de Personal Técnico III 31 11.400 División de Juventud y Recreación 1 Jefe de División de Personal Técnico III 35 13.800 1 Secretario V 18 4.140 Sección de Educación Física y Capacitación 1 Jefe de Sección de Personal Técnico I 31 11.400 3 Licenciado en Educación Física V 25 7.800 1 Mecanotaquígrafo V 16 3.420 1 Mecanógrafo VII 15 3.110 Sección de Recreación y Organizaciones Juveniles 1 Jefe de Sección de Personal Técnico I 31 11.400 1 Técnico en Educación (Física y Recreación) V 23 6.600 1 Mecanotaquígrafo V 16 3.420 Sección de Juntas Administradoras 1 Jefe de Sección de Personal Técnico I 31 11.400 3 Visitador Administrativo II 24 7.200 1 Mecanotaquígrafo V 16 3.420 1 Mecanógrafo VII 15 3.113 División de Construcciones Deportivas 1 Arquitecto V 27 9.000 2 Dibujante III 18 4.140 FEDERACIONES Ibagué 1 Mecanógrafo V 13 2.570
Artículo 3
Los empleados escalafonados en Carrera.Administrativa deberán ser reincorporados en cargos equivalentes en la Planta de Personal que establece este Acuerdo.
Artículo 4
El presente Acuerdo deroga el Acuerdo número 00002 del 29 de enero de 1974 y las demás disposiciones que le sean contrarias, en.las.partes pertinentes y rige a partir de su aprobación por el Gobierno Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a los doce (12) días del mes de marzo de 1975.
(Firmado), Pedro López Michelsen, Presidente.
(Firmado), William Jaramillo Mejía, Secretario.
(Firmado), Hernando Duran Dusán, Ministro de Educación Nacional".
Artículo 5
Artículo cuarto. El presente Acuerdo deroga el Acuerdo número 00002 del 29 de enero de 1974 y las demás disposiciones que le sean contrarias, en .las .partes pertinentes y rige a partir de su aprobación por el Gobierno Nacional. Comuníquese y cúmplase.
Artículo 6
Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga el Decreto 352 del 28 de febrero de 1974 y demás disposiciones que le sean contrarias, en las partes pertinentes. Comuníquese,