Artículo 1Adiciónanse Los Cómputos Del Presupuesto De Rentas E Ingresos Del Tesoro De La Nación Para La Vigencia Fiscal De 1973, Con La Cantidad De Dos Millones De Pesos ($2
°. Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1973, con la cantidad de dos millones de pesos ($2.000.000.00) moneda legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad número 2 de mismo año, expedido por el Contralor General de la república, se incorporarán con imputación a los siguientes numerales: PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS Capítulo XII Recursos del Balance del Tesoro Numeral 101. Cancelación de reservas del Balance del Tesoro de la vigencia de 1971, con base en fondos de contrapartidas 2.000.000 Suma el recurso $ 2.000.000
Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrese El Siguiente Crédito Adicional Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1973
°. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973. PRESUPUESTO DE I NVERSION Ministerio de Desarrollo Económico Capítulo 650 Ministerio de Desarrollo económico Programa 659 Pago de pasivos exigibles (Fondos de Contrapartidas) Artículo 6627. Para pagar compromisos y pasivos exigibles por concepto de la cancelación de reservas en el Balance del Tesoro de la Nación de la vigencia fiscal de 1971, de conformidad con el certificado de Disponibilidad número 2 y la aprobación de la Dirección General del Presupuesto $ 2.000.000 Suma el crédito adicional $ 2.000.000
Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.