Micelio

decreto 610 de 1955

2 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confieren los artículos 120 y 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO Que por Decreto número 3518, de 9 de noviembre de 1949, se declaro turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República

Considerando · 6 motivos

Que por Decreto número 3518, de 9 de noviembre de 1949, se declaro turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República;

Que las Escuelas Radiofónicas de la Acción Cultural Popular están organizando, con la ayuda de la Nación y los Departamentos, una campaña a favor de la alfabetización de adultos y de la instrucción campesina;

Que el Ministerio de Educación Nacional elabora planes para la capacitación de los maestros rurales por medio de las Escuelas Radiofónicas;

Que el Gobierno proyecta la extensión de la red de televisión a todo el territorio de la República, con miras a una acción intensa, cultural y educativa;

Que es necesario coordinar estos empeños oficiales con los planes educativos y de extensión cultural propiamente dichos, y resolver situaciones cuya solución acertada interesa tanto al Ministerio de Educación como a las entidades radiofónicas y de televisión;

Que debe existir una estrecha colaboración entre los organismos nombrados;

Artículo 1

Artículo primero. Autorizase al Gobierno para crear y organizar como dependencia de la Subsecretaria Técnico-Cultural, la Sección Radiofónica y de Televisión, como también para nombrar los empleados necesarios, señalar funciones y fijar sus asignaciones.

Artículo 2

Articulo segundo. Crease el Consejo Técnico Nacional para asuntos relacionados con las campañas radiofónicas y de televisión. Este Consejo se compondrá del Jefe de la Sección Radiofónica y de Televisión, quien lo preside, y seis miembros más, nombrados por el Ministerio de Educación Nacional, dos por Acción Cultural Popular y dos por la Radiodifusora Nacional. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas