Micelio

decreto 1327 de 1988

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política

Artículo 1

° A partir del 1° de septiembre de 1988, suprímense en el Servicio Exterior de la República, los siguientes cargos: Un (1) Cónsul de Segunda Clase, Grado Ocupacional 2 EX, en el Consulado de Colombia en Los Angeles (Estados Unidos de América), con una asignación básica mensual de un mil novecientos quince dólares con 34/100 (US$ 1.915.34), ocupado actualmente por la señora Diana Jaramillo Campo. Un (1) Auxiliar Administrativo Bilingüe 7 PA, en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Trinidad y Tobago, con una asignación básica mensual de ochocientos noventa y ocho dólares con 14/100 (US$ 898.14), ocupado actualmente por la señora Ivette Henderson de Talma.

Artículo 2

° A partir del 1° de septiembre de 1988, créanse en el Servicio Exterior de la República, los siguientes cargos: Un (1) Vicecónsul, Grado Ocupacional 1 EX, en el Consulado de Colombia en Los Angeles (Estados Unidos de América), con una asignación básica mensual de un mil setecientos sesenta y tres dólares con 84/100 (US$ 1.763.84). Un (1) Canciller 10 PA, en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Trinidad y Tobago, con una asignación básica mensual de un mil cuatrocientos setenta y un dólar con 67/100 (US$ 1.471.67).

Artículo 3

° Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 4

° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público