Artículo 1Sustitúyense Los Siguientes Cargos Establecidos En El Ministerio De Obras Públicas, En La Forma Que Se Indica A Continuación; Secretaria General 1 Ingeniero Por Iii 12 1 Secretario Privado Iv 10 Rama Técnica
º Sustitúyense los siguientes cargos establecidos en el Ministerio de Obras Públicas, en la forma que se indica a continuación; Secretaria General 1 Ingeniero por III 12 1 Secretario Privado IV 10 Rama Técnica. División de Ingeniería. Sección de Proyectos de Carreteras. Grupo de Tránsito y de Seguridad 1 Ingeniero por I 10 1 Ingeniero II 11 Rama Operativa Sección de Tramitación de Contratos 1 Jefe de Sección por II 8 1 Jefe de Sección III 9
Artículo 2Los Actuales Empleados Que Hayan Venido Prestando Sus Servicios En El Ministerio De Obras Públicas, En Los Cargos Modificados Por Este Decreto, Sólo Requerirán, Para La Posesión, La Firma Del Acta Respectiva Adicionada De La Indicación De La Providencia Que Los Incorpora , Y El Pago Del Impuesto De Timbre Nacional Equivalente A La Diferencia De La Remuneración Correspondiente
º Los actuales empleados que hayan venido prestando sus servicios en el Ministerio de Obras Públicas, en los cargos modificados por este Decreto, sólo requerirán, para la posesión, la firma del acta respectiva adicionada de la indicación de la providencia que los incorpora , y el pago del impuesto de timbre nacional equivalente a la diferencia de la remuneración correspondiente. Comuníquese y publíquese.