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decreto 1823 de 2019

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que la estructura de la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente - se modificó creando la Subdirección de Estudios de Mercado y Abastecimiento Estratégico, la cual generará lineamientos e insumos estratégicos para cada una de las áreas misionales de la entidad, con base en metodologías de abast

Considerando · 4 motivos

Que la estructura de la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente - se modificó creando la Subdirección de Estudios de Mercado y Abastecimiento Estratégico, la cual generará lineamientos e insumos estratégicos para cada una de las áreas misionales de la entidad, con base en metodologías de abastecimiento estratégico, monitoreo de mercados, proyectos de innovación y programas de analítica de datos, que le permitan a la Agencia multiplicar el impacto de las políticas públicas adoptadas en el mercado de compra pública y contratación estatal. Que, en virtud a lo expuesto, se requiere crear el empleo de Subdirector Técnico de Agencia Código E5 - Grado 4, en la planta global de la Agencia de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente -, para lo cual se suprimirán varios empleos de la Agencia.

Que el Consejo Directivo de la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente en sesión extraordinaria número 22 realizada el 21 de junio de 2019, aprobó por unanimidad someter a consideración del Gobierno Nacional la modificación propuesta a la estructura y la planta de la entidad, con el fin de crear la Subdirección de Estudios de Mercado y Abastecimiento Estratégico.

Que la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente - presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012, y los artículos 2.2.12.1., 2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, para efectos de modificar su planta de personal, encontrándola ajustada técnicamente, emitiendo, en consecuencia, concepto previo favorable. Que, para los fines de este decreto, se cuenta con el concepto de viabilidad de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Que la modificación de la planta de personal de la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente - cumple con el numeral 1.1. de la Directiva Presidencial 09 del 9 de noviembre de 2018, que dispone: “Las plantas de personal y las estructuras administrativas de las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional, solamente se podrán modificar cuando dicha reforma sea a costo cero o se generen ahorros en los gastos de funcionamiento de la entidad “Directrices de Austeridad”. Que, en mérito de lo expuesto;

Artículo 1Supresión De Empleos

°. Supresión de empleos. Suprimir de la planta de personal de la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente los siguientes empleos: PLANTA GLOBAL

Artículo 2Creación De Empleo

°. Creación de empleo. Crear en la planta de personal de la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente -, el siguiente empleo: PLANTA GLOBAL

Artículo 3Vigencias Y Derogatorias

°. Vigencias y Derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 670 de 2012 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Nacional de Planeación
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública