en uso de sus facultades legales
Artículo 1Apruébase En Todas Sus Partes El Acuerdo Número 4 De Julio 10 Del Año En Curso De La Junta Directiva De La Imprenta Nacional, Que A La Letra Dice: "acuerdo Numero 4 De 1952 (Julio 10) Por El Cual Se Crean Algunos Cargos, Se Fijan Sus Asignaciones Y Se Nombra Personal De La Imprenta Nacional
° Apruébase en todas sus partes el Acuerdo número 4 de julio 10 del año en curso de la Junta Directiva de la Imprenta Nacional, que a la letra dice: "ACUERDO NUMERO 4 DE 1952 (JULIO 10) por el cual se crean algunos cargos, se fijan sus asignaciones y se nombra personal de la Imprenta Nacional. La Junta Directiva de la Imprenta Nacional, en uso de las atribuciones que le confiere el Decreto extraordinario número 1106 de 29 de abril de 1952, ACUERDA:
Artículo 1Créanse Los Siguientes Cargos En La Imprenta Nacional: Un Jefe De Contabilidad, Con $ 500
° Créanse los siguientes cargos en la Imprenta Nacional: Un Jefe de Contabilidad, con $ 500.00 Un Cajero Pagador, con 400.00 Tres Linotipistas de Primera, con $ 480.00 cada uno 1.440.00 Dos Prensistas de Primera, con $ 320.00 cada uno 640.00 Tres Prensistas de Segunda, con $ 280.00 cada uno 840.00 Un Ayudante para la Prensa Milhe 150.00 Tres Cortadores, con $ 240.00 cada uno 720.00 Un Rayador, con 280.00 Un Cajista de Primera 240.00 Un Ayudante de Cajista 150.00 Un Cosedor de Primera 180.00 Un Cosedor de Segunda 150.00 Un Plegador de Máquina 180.00 Tres Encuadernadores, a $ 135.00 cada uno 405.00 Dos Ayudantes Generales, a $ 150.00 cada uno 300.00 Tres Oficiales de Aseo, a $ 100.00 cada uno 300.00
Artículo 2La Junta Directiva Aprobará Posteriormente Una Tarifa Especial Para Que El Gerente Pueda Contratar Con Los Linotipistas Ciertos Trabajos Que Por Su Índole No Presenten Dificultad En La Liquidación O Que Por Ser De Urgencia Deben Efectuarse En Horas Extraordinarias
° La Junta Directiva aprobará posteriormente una tarifa especial para que el Gerente pueda contratar con los Linotipistas ciertos trabajos que por su índole no presenten dificultad en la liquidación o que por ser de urgencia deben efectuarse en horas extraordinarias.
Artículo 3Nómbrase Jefe De Contabilidad, Al Señor Julio Martín Villegas; Cajero Pagador, Al Señor Pedro Luis Osorio Delgado; Linotipistas De Primera, A Los Señores Abelardo Tovar, Miguel Vargas Y Manuel Guillermo Acosta
° Nómbrase Jefe de Contabilidad, al señor Julio Martín Villegas; Cajero Pagador, al señor Pedro Luis Osorio Delgado; Linotipistas de Primera, a los señores Abelardo Tovar, Miguel Vargas y Manuel Guillermo Acosta.
Artículo 4Sométase Este Acuerdo A La Aprobación Del Gobierno Nacional
° Sométase este Acuerdo a la aprobación del Gobierno Nacional.
Artículo 2Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.