DecretoVigente
Decreto 3275 de 2009
por el cual se modifica el artículo 1° y se adiciona un parágrafo al artículo 18 del Decreto 4725 de 2005.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Modificar El Artículo 1° Del Decreto 4725 De 2005 El Cual Quedará Así: “ Artículo 1°2Adicionar Un Parágrafo Al Artículo 18 Del Decreto 4725 De 2005 Del Siguiente Tenor: “parágrafo 3°3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Modifica Los Artículos 1° Y 18 Del Decreto 4725 De 2005 Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, especialmente las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 564 de la Ley 09 de 1979 y en desarrollo de los artículos 245 de la Ley 100 de 1993 y 42 de la Ley 715 de 2001 y
- Diego Palacio BetancourtEl Ministro de la Protección Social