Micelio

decreto 1901 de 1929

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El Presidente de la República

en uso de las facultades que le confiere la Ley 15 de 1929, y oído el concepto de la Junta Asesora del Ministerio de Guerra

Artículo 1Desde El 1° De Diciembre Del Presente Año, El Personal Del Ramo De Guerra No Podrá Exceder De: Siete Generales De División

° Desde el 1° de diciembre del presente año, el personal del ramo de Guerra no podrá exceder de: Siete Generales de División. Siete Generales de Brigada. Veinticinco Coroneles. Treinta Tenientes Coroneles. Treinta y ocho Mayores Ciento quince Capitanes. Ciento veintinueve Tenientes. Ciento cuarenta y ocho Subtenientes. Ocho mil individuos de tropa (Suboficiales, Cabos segundos y soldados); y El personal de empleados militares y auxiliar que se fija en el presente Decreto.

Artículo 2El Ramo De Guerra Quedará Constituido En Cuatro Agrupaciones, Con La Siguiente Organización: A-Ministerio De Guerra, Con Las Siguientes Reparticiones Que Dependerán Directamente Del Ministro: A) Gabinete Del Ministro

° El ramo de Guerra quedará constituido en cuatro agrupaciones, con la siguiente organización: A-MINISTERIO DE GUERRA, con las siguientes reparticiones que dependerán directamente del Ministro: a) Gabinete del Ministro. b) Departamento número

1.

Secretaría, con cuatro Secciones: Personal, Sueldos de Retiro, Justicia y Culto. La Sección de Personal tendrá a su cargo el Archivo General del Ejército. c) Departamento número

2.

Estado Mayor General, con cinco Secciones: I, Operaciones y Comunicaciones; II, Servicio Territorial y Movilización; III, Informaciones; IV, Transportes y Servicio de Etapas; V, Historia y Personal. De este Departamento dependerá la Escuela Superior de Guerra. d) Departamento número

3.

Inspección General del Ejército, con cinco Secciones: Infantería, Caballería, Artillería, Ingenieros y Aviación, De este Departamento dependerán las Escuelas Militares de Cadetes, Aviación y Suboficiales. e) Departamento número

4.

Material, con tres Secciones: Armamento y Municiones, Vestuario, Equipo y Menaje, y Alojamiento y Construcciones. De este Departamento dependerán la Fábrica de Municiones, la Maestranza, los Talleres de Vestuario del Ministerio, los Depósitos de Armamento y Municiones, y los de Vestuario y Equipo. f) Departamento número

5.

Higiene, con dos Secciones: Sanidad y Alimentación, y Remonta, Veterinaria y Forraje. g) Sección Independiente: Contabilidad y Pagaduría. h) Sección Independiente: Flotilla Fluvial. i) Dos Jefaturas de Frontera. B-INSTITUTOS DE CULTURA MILITAR, serán los siguientes: Escuela Superior de Guerra; Escuela Militar de Cadetes; Escuela de Aviación, y Escuela de Suboficiales. C-EJERCITO, constará de cinco Divisiones, cada una con su Plana Mayor y tres Batallones de Infantería. Las Divisiones tendrán además: La 1ª un Grupo de Caballería, un Grupo de Artillería, un Batallón de Ferrocarrileros y una Compañía de Sanidad. La 2ª un Batallón de Ferrocarrileros. La 3ª un Grupo de Caballería, un Grupo de Artillería y un Batallón de Ferrocarrileros. La 4ª un Batallón de Zapadores. La 5ª un Escuadrón de Jinetes. Los Batallones de Infantería constarán de una Plana Mayor, tres Compañías de Fusileros y una de Ametralladoras pesadas de a cuatro piezas. El Batallón Cartagena tendrá una Compañía más de Fusileros, destinada a las guarniciones de San Andrés y Providencia. Los Grupos de Caballería constarán de una Plana Mayor y dos Escuadrones de Jinetes. Los Grupos de Artillería constarán de una Plana Mayor y dos Baterías de a cuatro piezas. El Batallón de Zapadores constará de una Plana Mayor y dos Compañías de Zapadores. Los Batallones de Ferrocarrileros constarán de una Plana Mayor y dos Compañías de Explotación.

Artículo 3La Numeración Y Distribución De Las Divisiones En El País Corresponderá Con La Actual División Territorial Militar En Zonas

Además, habrá un Batallón de Infantería Guardia de Honor , que constará de una Plana Mayor, tres Compañías de Fusileros y un Pelotón de Caballería, que dependerá para su empleo, del Presidente de la República, y para asuntos de organización, instrucción y administración, del Ministro de Guerra. Artículo 3° La numeración y distribución de las Divisiones en el país corresponderá con la actual División Territorial Militar en Zonas.

Artículo 4La Denominación De Los Comandos Y Cuerpos De Tropas, Será La Siguiente: Batallón Guardia De Honor

° La denominación de los Comandos y Cuerpos de tropas, será la siguiente: Batallón Guardia de Honor . 1ª División: Comando de la 1ª División. Batallón de Infantería Bolívar número

1.

Batallón de Infantería Sucre número

2.

Batallón de Infantería Bárbula número 13 Grupo de Caballería Páez número 1. Grupo de Artillería Bogotá número 1. Batallón de Ferrocarrileros Mejía número 1. Compañía de Sanidad número 1. 2ª División: Comando de la 2ª División. Batallón de Infantería Nariño número 5. Batallón de Infantería Córdoba número 6. Batallón de Infantería Cartagena número 7. Batallón de Ferrocarrileros Albán número 2. 3ª División: Comando de la 3ª División. Batallón de Infantería Pichincha número 10. Batallón de Infantería Junín número 11. Batallón de Infantería Boyacá número l5. Grupo de Caballería Cabal número

3.

Grupo de Artillería Palacé número 3. Batallón de Ferrocarrileros Soublette número 3. 4ª División: Comando de la 4ª División. Batallón de Infantería Girardot número 8. Batallón de Infantería Ayacucho número 9. Batallón de Infantería Bombona número 14. Batallón de Zapadores Caldas número 4. 5ª División: Comando de la 5ª División. Batallón de Infantería Ricaurte número 3. Batallón de. Infantería Santander número

4.

Batallón de Infantería García Rovira número 15. Escuadrón de Caballería Maza número

5.

Jefatura de Frontera del Norte. Jefatura de Frontera del Sur. D-LA FLOTILLA FLUVIAL, mientras llegan las nuevas unidades, quedará constituida por el cañonero Colombia .

Artículo 5Las Dotaciones Y Asignaciones Mensuales Del Personal, Del Ramo De Guerra, Serán: A-Ministerio De Guerra A) Gabinete Del Ministro: Un Ministro De Guerra 800 9,600 Un Edecán Del Señor Presidente 350 4,200 Un Secretario Privado Del Ministro 200 2,400 Un Chofer 90 1,080 Un Mecanógrafo 80 960 Un Ordenanza Del Ministro 30 360 B) Departamento Número 1 Secretaría: Un General De División, Jefe Del Departamento 400 4,800 Un Teniente Coronel, Adjunto Al Departamento 250 3,000 Un Mayor, Adjunto Al Jefe Del Departamento 230 2,760 Un General De Brigada, Jefe De La Sección De Sueldos De Retiro 330 3,960 Un General De Brigada, Jefe De La Sección De Personal 330 3,980 Un Capitán, Adjunto A La Sección De Personal 200 2,400 Un Auditor General, Jefe De La Sección De Justicia 200 2,400 Un Capellán General, Jefe De La Sección De Culto 100 1,200 Un Capitán, Oficial De Correspondencia 200 2,400 Un Cajero Contador Para La Sección De Sueldos De Retiro

° Las dotaciones y asignaciones mensuales del personal, del ramo de Guerra, serán: A-MINISTERIO DE GUERRA

a)

Gabinete del Ministro: Un Ministro de Guerra 800 9,600 Un Edecán del señor Presidente 350 4,200 Un Secretario Privado del Ministro 200 2,400 Un Chofer 90 1,080 Un Mecanógrafo 80 960 Un Ordenanza del Ministro 30 360

b)

Departamento número 1 Secretaría: Un General de División, Jefe del Departamento 400 4,800 Un Teniente Coronel, Adjunto al Departamento 250 3,000 Un Mayor, Adjunto al Jefe del Departamento 230 2,760 Un General de Brigada, Jefe de la Sección de Sueldos de Retiro 330 3,960 Un General de Brigada, Jefe de la Sección de Personal 330 3,980 Un Capitán, Adjunto a la Sección de Personal 200 2,400 Un Auditor General, Jefe de la Sección de Justicia 200 2,400 Un Capellán General, Jefe de la Sección de Culto 100 1,200 Un Capitán, Oficial de Correspondencia 200 2,400 Un Cajero Contador para la Sección de Sueldos de Retiro. 200 2,400 Cinco Mecanógrafos, cada uno 80 4,800 Un Chofer 90 1,080 Un Conserje 80 960 Un Conserje segundo 50 600 Tres Carteros, cada uno 30 1,080 Dos Telefonistas, cada uno 30 720 Cinco Ordenanzas, cada uno. 30 1,800 Archivo: Un Jefe del Archivo del Ejército 230 2,760 Un Ayudante del Jefe del Archivo 120 1,440 Un Mecanógrafo 80 960

c)

Departamento número 2. Estado Mayor General: Un General de División, Jefe del Departamento 380 4,560 Cuatro Coroneles, Jefes de Sección, cada uno 300 14,400 Un Teniente Coronel, Jefe de Sección 250 3,000 Un Coronel Agregado Militar L. N. 300 3.600 Dos Tenientes Coroneles, Agregados Militares, cada uno 250 6,000 Cuatro Mayores, Adjuntos a las Secciones, cada uno 230 11,040 Seis Mecanógrafos, cada uno. 80 5,760 Dos Dibujantes, cada uno 80 1,920 Un Portero 65 780 Un Cartero 30 360 Diez Ordenanzas, cada uno 30 3,600 Servicio Territorial: Cinco Mayores, Comandantes de Zona Territorial, cada uno 230 13,800 Veinticuatro Capitanes, Comandantes de Distrito Militar, cada uno 200 57,600 Un Teniente, Comandante de Distrito Militar 140 1,680 Cinco Sargentos segundos, Escribientes de Zona, cada uno 50 3,000 Veinticinco Cabos primeros, Escribientes de Distrito Militar, cada uno 40 12,000 Ciento ochenta y siete Cabos primeros, Escribientes de Circunscripción, cada uno $ 40 89,760 Treinta Ordenanzas, cada uno 30 10,800

d)

Departamento número 3. Inspección General: Un General de División, Inspector General 380 4,560 Cinco Coroneles, Jefes de Sección, cada uno 300 18,000 Cuatro Mecanógrafos, cada uno 80 3,840 Seis Ordenanzas, cada uno 30 2,160

e)

Departamento número 4. De Material de Guerra: Un Coronel de Brigada, Jefe del Departamento 330 3,960 Dos Coroneles, Jefes de Sección, cada uno 300 7,200 Un Ingeniero Arquitecto, Jefe de Sección 300 3,600 Dos Jefes de Depósito, cada uno 150 3,600 Un Inspector de obras 100 1,200 Un Jefe del taller de vestuario y equipo 200 2,400 Un Tenedor de Libros del Depósito de Vestuario 100 1,200 Cuatro Mecanógrafos, cada uno 80 3,340 Un Dibujante Mecanógrafo 80 960 Un Armero 50 600 Un Embarcador 50 600 Cuatro Empacadores, cada uno 40 1,920 Tres Ordenanzas, cada uno 30 1,080 Fábrica de Municiones y Maestranza : Dirección: Un Coronel Director 300 3,600 Un Contador segundo 140 1,680 Un Médico segundo 140 1,680 Un Técnico Jefe 325 3,900 Un Almacenista 100 1,200 Un Dibujante Mecanógrafo 80 960 Un Chofer de camión 90 1,080 Fabricación de Cartuchería: Un Mecánico primero 125 1,500 Dos Mecánicos segundos, cada uno 100 2,400 Dos Mecánicos terceros, cada uno 70 1,680 Un Lavador de materiales 45 540 Un Recogedor Fogonero 45 540 Dos Ayudantes (lavado y recocido), cada uno 25 600 Un Cargador de cartuchos 40 480 Ocho Maquinistas, cada uno 35 3,360 Dos Empacadores, cada uno. 40 960 Taller de herramientas: Un Mecánico primero 125 1,500 Un Mecánico segundo 100 1,200 Maestranza : Un Jefe de talleres 200 2.400 Un Mecánico primero 125 1,500 Un Mecánico segundo 100 1,200 Un Mecánico tercero 70 840 Un Carpintero 50 600 Un Herrero 50 600 Un Fundidor 50 600 Diez Aprendices, cada uno 5 600 Guardia de la Fábrica: Un Teniente Comandante 40 1,680 Un Sargento segundo 50 600 Tres Cabos primeros, cada uno 40 1,440 Tres Cabos segundos, cada uno 15 540 Cuarenta y tres soldados, cada uno 5 2,580 Personal auxiliar: Un Enfermero 40 480 Un Ranchero 25 600 Un Sastre 50 600 Un Zapatero 50 600 Un Peluquero 50 600

f)

Departamento número 5. Higiene: Un Coronel, Jefe del Departamento $ 300 3,600 Un Mayor, Jefe de la Sección de Remonta y Veterinaria 230 2,700 Un Médico, Jefe de la Sección de Sanidad y Alimentación 250 3,000 Un Veterinario Jefe 200 2,400 Un Dentista 80 960 Un Practicante Farmaceuta 80 900 Dos Mecanógrafos, cada uno. 80 1,920 Dos Ordenanzas, cada uno 30 720

g)

Sección de Contabilidad y Pagaduría: Un Coronel, Jefe de la Sección 300 3,600 Un Contador Pagador 250 3,000 Un Tenedor de Libros 180 2,160 Un Examinador de Cuentas. 150 1,800 Tres Ayudantes, cada uno 100 3,600 Un Registrador 80 960 Dos Mecanógrafos, cada uno. 80 1,920 Dos Ordenanzas, cada uno. 30 720

h)

Sección de la Flotilla Fluvial: Un Coronel, Jefe de la Sección 300 3,300 Un Mecanógrafo 80 930 Un Ordenanza 30 330

i)

Dos Jefaturas de Frontera, constará cada una de: Un General de División o de Brigada 380 9,120 Un Teniente Ayudante 140 3,360 Un Mecanógrafo 80 1,920 Dos Ordenanzas, cada uno 30 1,440 B-INSTITUTOS DE CULTURA MILITAR. a) Escuela Superior de Guerra: Un Coronel, Director 300 3,600 Un Teniente Coronel, Subdirector 250 3,000 Un Teniente Coronel, Profesor 250 3,000 Un Mayor, Profesor 230 2,760 Un Teniente, Ayudante 140 1,680 Empleados militares: Un Medico primero 180 2,130 Un Contador segundo 140 1,680 Personal auxiliar: Dos Escribientes, cada uno 65 1,560 Un Ecónomo 50 600 Un Mayordomo 40 480 Dos Rancheros, cada uno 25 600 Dos Sirvientes, cada uno 15 360 Un Enfermero 40 480 Un Portero 50 600 Un Sastre 50 600 Un Peluquero 50 600 Un Carpintero 50 600 Un Mayordomo de caballerizas 40 480 Ocho Palafreneros, cada uno. 15 1,440 Ocho Asistentes, cada uno 15 1,440 b) Escuela Militar de Cadetes: Un General de Brigada, Director 330 3,960 Un Teniente Coronel, Subdirector 250 3,000 Dos Capitanes, Comandantes de Compañía, cada uno 200 4,300 Un Capitán, maestro de equitación 200 2,400 Un Teniente, Ayudante . 140 1,680 Cinco Tenientes de Compañía, cada uno 140 8,400 Empleados militares: Un Médico primero 180 2,160 Un Contador primero . 200 2,400 Un Dentista 80 960 Un Capellán, Profesor de Religión 70 840 Alumnos: Hasta ciento treinta Cadetes efectivos y treinta supernumerarios. Personal auxiliar: Un Mecanógrafo $ 80 900 Un Chofer 90 1,080 Un Escribiente 65 780 Un Ecónomo 50 600 Un Mayordomo 40 480 Cinco Rancheros, cada uno 25 1,500 Veintiún Sirvientes, cada uno 15 3,780 Un Enfermero 40 480 Un Armero 50 600 Dos Sastres, cada uno 50 1,200 Dos Zapateros, cada uno 50 1,200 Un Guarnicionero 50 600 Un Herrador 50 600 Un Carpintero 50 600 Dos Peluqueros, cada uno 50 1,200 Un Portero 50 600 Dos Roperas, cada una 40 960 Ocho Palafreneros, cada uno 15 1,440 Diez Asistentes, cada uno 15 1,300 Tropa: Un Sargento primero 70 840 Tres Sargentos segundos, cada uno 50 1,800 c) Escuela Militar de Aviación: Oficiales: Un Coronel, Director 300 3,600 Un Mayor, Oficial de Detall 230 2,760 Dos Capitanes Monitores, cada uno 200 4,800 Dos Tenientes, cada uno 140 3,360 Empleados militares: Un Médico primero 180 2,160 Un Contador primero 200 2,400 Un Capellán 50 600 Personal auxiliar: Un Escribiente 65 780 Un Profesor civil 40 480 Dos Mecánicos primeros, cada uno 125 3,000 Tres Mecánicos segundos, cada uno 100 3,600 Tres Mecánicos terceros cada uno 70 2,520 Cuatro Mecánicos cuartos, cada uno 40 1,920 Dos Carpinteros, cada uno 50 1,200 Dos Peluqueros, cada uno 50 1,200 Dos Choferes, cada uno (de camión) 90 2,160 Un Zapatero 50 600 Un Sastre 50 600 Un Guarnicionero 50 600 Un, Enfermero 40 480 Un Mayordomo 40 480 Un Ranchero 25 300 Dos Sirvientes, cada uno 15 360 Diez Asistentes, cada uno 15 1,800 Pelotón Terrestre de Aviación: Oficiales y tropas: Un Teniente, Comandante 140 1,680 Un Sargento segundo 50 600 Dos Cabos primeros, cada uno 40 960 Dos Cabos segundos, cada uno 15 360 Treinta soldados, cada uno 5 1,800 d) Escuela de Suboficiales: Oficiales: Un Mayor, .Director 230 2,760 Un capitán 200 3,400 Tres Tenientes, cada uno 140 5,040 Empleados militares: Un Médico segundo 140 1,680 Un Contador segundo 140 1,680 Personal auxiliar: Un Escribiente 65 780 Un Ecónomo 50 600 Un Enfermero 40 400 Un Mayordomo 40 480 Dos Rancheros, cada uno 25 600 Un Sirviente 15 180 Un Armero 50 600 Un sastre 50 600 Un Zapatero 50 600 Un carpintero 50 600 Un peluquero 50 600 cuatro asistentes, cada uno 15 730 Tropa: Un Sargento primero 70 840 C-EJERCITO DE LA REPUBLICA. a) Cinco Planas Mayores de División, cada una con. Oficiales: Un General de División o de Brigada, Comandante de División 380 22,800 Un Coronel, Jefe de Estado Mayor 300 18,000 Un Teniente, Ayudante 140 8,400 Personal auxiliar: Dos Escribientes, cada uno . 65 7,800 Tres Asistentes, cada uno 15 2,700 b) Quince Planas Mayores de Batallón de Infantería, cada una con: Un Teniente Coronel, Comandante de Batallón 250 45,000 Un Mayor, Oficial de Detall 230 41,400 Un Teniente, Ayudante 140 25,200 Empleados militares: Un Médico primero 180 32,400 Un Contador primero 200 36,000 Un Capellán 50 9,000 Personal auxiliar; Un Tambor Mayor 40 7,200 Un Escribiente 65 11,700 Un Ecónomo 50 9.000 Un Mayordomo 40 7,200 Un Ranchero, Jefe 25 4,500 Dos Sirvientes, cada uno 15 5,400 Un Enfermero 40 7,200 Un Armero 50 9,000 Un Sastre 50 9,000 Un Zapatero 50 9,000 Dos Peluqueros, cada uno 50 18,000 Un Carpintero 50 9,000 Dos Asistentes, cada uno 15 5,400 El Batallón de infantería «Cartagena,» será mandado por un Coronel. c) Plana Mayor del Batallón «Guardia de Honor»: Oficiales: Un Coronel o Teniente Coronel, Comandante 300 3,600 Un Mayor, Oficial de Detall. 230 2,760 Un Teniente, Ayudante 140 1,680 Empleados militares: Un Médico primero 180 2,160 Un Contador primero 200 2,400 Un Veterinario segundo 100 1,200 Un Capellán 50 600 Personal auxiliar: Un Tambor Mayor 40 480 Un Escribiente 65 780 Un Ecónomo 50 600 Un Mayordomo 40 480 Un Ranchero, Jefe 25 300 Dos Sirvientes, cada uno 15 360 Un Enfermero 40 430 Un Armero 50 600 Un Sastre 50 600 Un Zapatero 50 600 Un Guarnicionero 50 600 Un Herrador 50 600 Dos Peluqueros, cada uno 50 1,200 Un Carpintero 50 600 Dos Asistentes, cada uno 15 360 Banda de Música: Un Director 80 960 Un Músico Mayor 65 780 Tres Músicos Solistas, cada uno 50 1,800 Cinco Músicos de primera clase, cada uno 45 2,700 Cuatro Músicos de tercera clase, cada uno 30 2,880 d) Dos planas Mayores de grupo de Caballería, cada una con: Oficiales Un Teniente Coronel, Comandante 250 6,000 Un Mayor Oficial de Detall 230 5,520 Un Teniente, Ayudante 140 3,360 Empleados militares: Un Médico segundo 140 3,360 Un Contador segundo 140 3,360 Un Veterinario primero 125 3,000 Un Capellán 50 1,200 Personal auxiliar: Un Instructor de trompetas 40 960 Un Escribiente 65 1,560 Un Ecónomo 50 1,200 Un Mayordomo 40 960 Un Ranchero, Jefe 25 600 Dos Sirvientes, cada uno 15 720 Un Enfermero 40 960 Un Armero 50 1,200 Un Sastre 50 1,200 Un Zapatero 50 1,200 Un Guarnicionero 50 1,200 Un Herrador 50 1,200 Dos Peluqueros, cada uno 50 2,400 Un Carpintero 50 1,200 Dos Asistentes, cada uno 15 720 e) Dos Planas Mayores de Grupo de-Artillería, cada una con: Oficiales: Un Teniente Coronel, Comandante 250 6,000 Un Mayor, Oficial de Detall. 230 5,520 Un Teniente, Ayudante 140 3,360 Empleados militares: Un Médico segundo 140 3,360 Un Contador segundo 140 3,360 Un Veterinario primero 125 3,000 Un Capellán 50 1,200 Personal auxiliar: Un Instructor de cornetas 40 960 Un Escribiente 65 1,560 Un Ecónomo 50 1,200 Un Mayordomo 40 960 Un Ranchero, Jefe 25 600 Dos Sirvientes, cada uno 15 720 Un Enfermero 40 960 Un Armero 50 1,200 Un Sastre 50 1,200 Un Zapatero 50 1,200 Un Guarnicionero 50 1,200 Un Herrador 50 1,200 Dos Peluqueros, cada uno 50 2,400 Un Carpintero 50 1,200 Dos Asistentes, cada uno 15 720 f) Plana Mayor del Batallón de Zapadores: Oficiales: Un Teniente Coronel, Comandante 250 3,000 Un Mayor, Oficial de Detall 230 2,760 Un Teniente, Ayudante 140 1,680 Empleados militares: Un Médico segundo 140 1,680 Un Contador segundo 140 1,680 Un Capellán 50 600 Personal auxiliar: Un Tambor Mayor 40 480 Un Escribiente 65 780 Un Ecónomo 50 600 Un Mayordomo 40 480 Un Ranchero, Jefe 25 300 Dos Sirvientes, cada uno 15 360 Un Enfermero 40 460 Un Armero 50 600 Un Sastre 50 600 Un Zapatero 50 600 Dos Peluqueros, cada uno 50 1,200 Un Carpintero 50 600 Dos Asistentes, cada uno 15 360 g) Tres Planas Mayores de Batallón de Ferrocarrileros: Oficiales: Un Teniente Coronel, 250 9.000 Un mayor, Oficial de Detall. 239 8,280 Teniente, Ayudante 140 5,040 Empleados militares: Un Médico segundo 140 5,040 Un Contador segundo 140 5,040 Un Capellán 50 1,800 Personal auxiliar: Un Maquinista 70 2,520 Un Tambor Mayor 40 1,440 Un Escribiente 65 2,340 Un Ecónomo 50 1,800 Un Mayordomo 40 1,440 Un Ranchero, Jefe 25 900 Dos Sirvientes, cada uno 15 1,080 Un Enfermero 40 1,440 Un armero 50 1,800 Un Sastre 50 1,830 Un Zapatero 50 1,800 Dos Peluqueros, cada uno 50 3,600 Un Carpintero 50 1,800 Dos Asistentes, cada uno 15 1,080 h) Sesenta y cinco Unidades Fundamentales de todas las armas (excepto las Compañías de Ametralladoras), cada una con: Oficiales: Un Capitán, Comandante 200 156,000 Un Teniente 140 109,200 Dos Subtenientes, cada uno. 120 187,200 Tropa: Un Sargento primero 70 54,600 Tres Sargentos segundos, cada uno 50 117,000 Seis Cabos primeros, cada uno. 40 187,200 Seis Cabos segundos, cada uno 15 70,200 Ochenta y cuatro soldados, cada uno 5 327,600 i) Quince Compañías de Ametralladoras de a cuatro piezas, cada una con: Oficiales: Un Capitán, Comandante 200 36,000 Un -Teniente 140 25,200 Un Subteniente 120 21,600 Tropa: Un Sargento primero 70 12,600 Dos Sargentos segundos, cada uno 50 18,800 Cuatro Cabos primeros, cada uno 40 28,800 Dos Cabos segundos, cada uno 15 5,400 Cuarenta y dos soldados, cada uno 5 37,800

j)

Una Compañía de Sanidad: Oficiales: Un Capitán, Comandante 200 2,400 Un Teniente 140 1,680 Un Subteniente 120 1,440 Empleados militares: Un Médico primero 180 2,160 Un Médico segundo 140 1,680 Un Contador segundo 140 1,680 Personal auxiliar: Un Practicante 80 960 Un Escribiente 63 780 Un Ranchero, Jefe 25 300 Un Sastre 50 600 Un Zapatero 50 600 Un Guarnicionero 50 600 Un Carpintero 50 600 Un Peluquero 50 600 Tropa: Un Sargento primero 70 840 Dos Sargentos segundos, cada uno 50 1,200 Cinco Cabos primeros, cada uno 40 2,400 Cinco Cabos segundos, cada uno 15 900 Setenta soldados, cada uno. 5 4,200

k)

Pelotón de Caballería del Batallón Guardia de Honor: Oficiales: Un Teniente, Comandante 140 1,680 Tropa: Un. Sargento segundo $ 50 600 Tres Cabos primeros, cada uno 40 1,440 Tres Cabos segundos, cada uno 15 540 Cuarenta y tres soldados, cada uno 5 2,580 I) Escuadrón «Maza»: Oficiales: Un Capitán 200 2,400 Un Teniente 140 1,680 Dos Subtenientes, cada uno 120 2,880 Empleados militares: Un Contador segundo 140 1,680 Un Médico segundo 140 1,680 Un Veterinario segundo 100 1,200 Un Capellán 50 600 Tropa: Un Sargento primero 70 840 Tres Sargentos segundos, cada uno 50 1,800 Seis Cabos primeros, cada uno 40 2,680 Seis Cabos segundos, cada uno 15 1,080 Ochenta y cuatro soldados, cada uno 5 5,040 Personal auxiliar: Un Instructor de trompetas 40 480 Un Enfermero 40 480 Un Ecónomo 50 600 Dos Rancheros, cada uno 25 600 Un Armero 50 600 Un Zapatero 50 600 Un Sastre 50 600 Un Peluquero 50 600 Un Carpintero 50 600 Un Guarnicionero 50 600 Un Herrador 50 600 Un Sirviente (de casino) 15 180 m) La guarnición de San Andrés tendrá una Compañía de Fusileros del Batallón «Cartagena,» y lo siguiente: Empleados militares: Un Médico segundo 140 1,680 Un Contador segundo 140 1,680 Personal auxiliar; Un Ecónomo 50 600 Un Enfermero 40 480 Dos Rancheros, cada uno 25 600 Un Armero 50 600 Un Zapatero 50 600 Un Sastre 50 600 Un Peluquero 50 600 Un Carpintero 50 600 D-CAÑONERO COLOMBIA. Oficiales : Un Teniente Coronel o Mayor, Comandante 250 3,000 Un Capitán Artillero, Oficial de Detall 200 2,400 Empleados militares: Un Contador primero 200 2,400 Un Ingeniero primero 145 1,740 Un Ingeniero segundo 95 1,140 Un Práctico primero 145 1,740 Un Práctico segundo 95 1,140 Personal auxiliar y de tripulación: Dos Aprendices de práctico, cada uno 15 360 Un Escribiente 65 780 Un Despensero 60 720 Un Carpintero .50 600 Un Armero 50 600 Un Enfermero 40 480 Un Cocinero primero 60 720 Un Cocinero segundo 40 480 Tres Sirvientes, cada uno 20 720 Un Contramaestre primero 70 840 Un Contramaestre segundo 55 660 Un Electricista primero 70 840 Un Electricista segundo 55 660 Dos Aceiteros, cada uno 48 1,152 Cuatro Fogoneros, cada uno. 45 2,160 Un Panadero 40 480 Diez Marineros, cada uno 40 4,800

Artículo 6Por Decretos Posteriores Se Fijarán Los Acantonamientos De Los Comandos De División, Jefaturas De Frontera Y Cuerpos De Tropas, Y Se Reglamentará Lo Referente A Alimentación Y Demás Servicios De Éstos

° Por decretos posteriores se fijarán los acantonamientos de los Comandos de División, Jefaturas de Frontera y Cuerpos de tropas, y se reglamentará lo referente a alimentación y demás servicios de éstos.

Artículo 7El Personal De La Guarnición De San Andrés Tendrá Mientras Permanezca En Las Islas Un Sobresueldo Del 30 Por 100 Para Oficiales Y Empleados, Del 40 Por 100 Para Suboficiales, Cabos Segundos Y Personal Auxiliar Y Del 100 Por 100 Para Soldados

Articulo 7° El personal de la guarnición de San Andrés tendrá mientras permanezca en las islas un sobresueldo del 30 por 100 para Oficiales y empleados, del 40 por 100 para Suboficiales, Cabos segundos y personal auxiliar y del 100 por 100 para soldados.

Artículo 8Los Alumnos De Las Escuelas Superior De Guerra, De Aviación Y De Suboficiales Serán Destinados Por El Ministerio, En Comisión, Y En El Número Fijado Para Cada Instituto En Sus Respectivos Reglamentos

° Los alumnos de las Escuelas Superior de Guerra, de Aviación y de Suboficiales serán destinados por el Ministerio, en comisión, y en el número fijado para cada instituto en sus respectivos reglamentos. Los de la Escuela Militar de Cadetes se reclutarán en la forma establecida por el Reglamento orgánico de este instituto.

Artículo 9El Estado Mayor General Presentará El Proyecto De Modificaciones A La División Territorial Militar A Que Diere Lugar La Organización Prescrita Para El Ejército En El Presente Decreto

° El Estado Mayor General presentará el proyecto de modificaciones a la División Territorial Militar a que diere lugar la organización prescrita para el Ejército en el presente Decreto.

Artículo 10El Personal De Tropa De Las Unidades Fundamentales, Con Excepción De Las Compañías De Ametralladoras, Se Organizará, Para El Régimen Interno Y Administrativo, En Tres Pelotones O Secciones, Cada Uno Con Un Sargento Segundo, Cuatro Cabos Comandantes Dé Escuadra Y Cuatro Escuadras De Siete Soldados Cada Una

El personal de tropa de las Unidades fundamentales, con excepción de las Compañías de Ametralladoras, se organizará, para el régimen interno y administrativo, en tres pelotones o secciones, cada uno con un Sargento segundo, cuatro Cabos Comandantes dé escuadra y cuatro escuadras de siete soldados cada una. Para el mismo objeto, las Compañías de Ametralladoras se compondrán de dos secciones cada una, con un Sargento segundo, tres Cabos Comandantes de escuadra y tres escuadras de siete soldados cada una.

Artículo 11Para El Servicio De Asistentes De Los Oficiales De Las Unidades Fundamentales, Para Cornetas, Trompetas, Tambores Y Rancheros, Se Tomarán Soldados De Dichas Unidades, Así: Tres Para Asistentes, Dos Para Cornetas O Trompetas O Tambores, Y Uno Para Ranchero; Este Último Será Relevado Semanalmente, A Fin De Que Todos Los Soldados De La Unidad Sé Ejerciten En Este Servicio

Para el servicio de Asistentes de los Oficiales de las Unidades fundamentales, para Cornetas, Trompetas, Tambores y Rancheros, se tomarán soldados de dichas Unidades, así: tres para Asistentes, dos para Cornetas o Trompetas o Tambores, y uno para Ranchero; este último será relevado semanalmente, a fin de que todos los soldados de la Unidad sé ejerciten en este servicio. En las Unidades de Caballería y Artillería no habrá Tambores

Artículo 12Por Decreto Especial Se Reglamentará El Funcionamiento Y Se Fijarán Las Atribuciones De Los Departamentos Y Secciones Del Ministerio, De Las Jefaturas De Frontera, Comandos De División Y Demás Entidades Consideradas En Este Decreto

Por decreto especial se reglamentará el funcionamiento y se fijarán las atribuciones de los Departamentos y Secciones del Ministerio, de las Jefaturas de Frontera, Comandos de División y demás entidades consideradas en este Decreto.

Artículo 13La Creación De Las Unidades Nuevas De

La creación de las unidades nuevas de. que trata el presente Decreto se efectuará según disposiciones del Ministerio de Guerra, a fin de que al menos sus cuadros queden organizados el 31 de diciembre de este año y listos para completar su dotación en la próxima recepción de contingente.

Artículo 14Deróganse Todas Las Disposiciones Contrarias Al Presente Decreto, Inclusive Las Orgánicas De La Compañía De Zapadores Del Almorzadero

Deróganse todas las disposiciones contrarias al presente Decreto, inclusive las orgánicas de la Compañía de Zapadores del Almorzadero . Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Guerra