Artículo 1
Art. 1.° Autoriza ampliamente al Poder Ejecutivo para celebrar con el Sr. Indalecio Liévano una transacción á virtud de la cual recupere la Nación todos los privilegios que se le hablan otorgado, y !a propiedad del camino de herradura, con todas sus dependencias que construyó á virtud de los contratos citados, así como las tierras baldías que se le habían concedido por los mismos contratos.
Artículo 2
Art. 2 .° Queda en estos términos reformado y adicionado el referido Decreto legislativo número 11, de 23 de Enero del presente año.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda
El Ministro de Guerra
El Ministro de Instrucción Pública
El Ministro del Tesoro
El Ministro de Obras Públicas