Artículo 1El Valor Del Punto Que Sirve De Base Para Determinar La Remuneración De Los Empleados Públicos Docentes De La Escuela Superior De Administración Pública-Esap-, Será De Ciento Noventa Y Nueve Pesos ($ 199
° El valor del punto que sirve de base para determinar la remuneración de los empleados públicos docentes de la Escuela Superior de administración Pública-ESAP-, será de ciento noventa y nueve pesos ($ 199.00) moneda corriente.
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del Primero (1°) De Enero De Mil Novecientos Ochenta (1980)
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir del primero (1°) de enero de mil novecientos ochenta (1980). Comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado
Guillermo Nuñez Vergaraencargado
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio civil