Artículo 1
Artículo primero. Apruébase la participación de la CVC como accionista en la Corporación Forestal del Suroccidente S. A. hasta por la suma de setecientos mil pesos; ($ 700.000.00) moneda corriente, dispuesta por Resolución número 1000 de 1977 del Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional del Cauca, CVC.
Artículo 2
Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Jefe del Departamento Nacional de Planeación