en uso de las facultades que le confieren los numerales 2º y 14 del artículo 189 de la Constitución Política
Artículo 1Suprímese En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno Del Perú, Un (1) Cargo De Primer Secretario Grado Ocupacional 3 Ex, Encargado De Funciones Consulares En Lima, Con Una Asignación Básica Mensual De Dos Mil Cuatrocientos Dieciocho Dólares Con 64/100 (Us$ 2
º Suprímese en la Embajada de Colombia ante el Gobierno del Perú, un (1) cargo de Primer Secretario Grado Ocupacional 3 EX, Encargado de Funciones Consulares en Lima, con una asignación básica mensual de dos mil cuatrocientos dieciocho dólares con 64/100 (US$ 2.418.64) actualmente vacante.
Artículo 2º Créase En El Consulado De Colombia En Lima, República Del Perú, Un (1) Cargo De Cónsul De Primera Clase Grado Ocupacional 3 Ex, Con Una Asignación Básica Mensual De Dos Mil Cuatrocientos Dieciocho Dólares Con 64/100 (Us$ 2
º Créase en el Consulado de Colombia en Lima, República del Perú, un (1) cargo de Cónsul de Primera Clase Grado Ocupacional 3 EX, con una asignación básica mensual de dos mil cuatrocientos dieciocho dólares con 64/100 (US$ 2.418.64) y nómbrase para desempeñarlo al doctor Hernando José Barjuch Martínez.
Artículo 3Como Consecuencia De Lo Estipulado En El Artículo 1º De Esta Disposición, Derógase En Todas Sus Partes El Decreto Número 1584 Del 20 De Junio De 1991
º Como consecuencia de lo estipulado en el artículo 1º de esta disposición, derógase en todas sus partes el Decreto número 1584 del 20 de junio de 1991.
Artículo 4Las Erogaciones Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto, Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores
º Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 5Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 4 de septiembre de 1991. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Relaciones Exteriores, Luis Fernando Jaramillo Correa. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodriguez.