Micelio

decreto 295 de 1917

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Artículo 1La Carrera De Ingeniería Se Hará En Seis Años, Durante Los Cuales Los Alumnos Cursarán Las Asignaturas Que Se Indican En El Siguiente Plan De Estudios

° La carrera de Ingeniería se hará en seis años, durante los cuales los alumnos cursarán las asignaturas que se indican en el siguiente Plan de estudios. Primer año-Aritmética analítica y Algebra (curso completo); Geometría y Trigonometría (curso completo); Química y materiales de construcción; Curso práctico de primer año, y Dibujo. Segundo año-Geometría analítica; Geometría descriptiva; Mineralogía y Geología; Curso práctico de segundo año; Topografía y Dibujo. Tercer año-Análisis infinitesimal; Mecánica racional; Física especial; Curso práctico de tercer año; Estatigrafía y Dibujo. Cuarto año-Resistencia de materiales y Estabilidad; Hidráulica; Maquinaria; Curso práctico de cuarto año; Proyectos y Dibujo. Quinto año-Arte de construír y Arquitectura civil; Astronomía y Geodesia; Física Industrial; Curso práctico de quinto año; Proyectos y Dibujos. Sexto año-Electrotécnica; Vías de comunicación (caminos de herradura, carreteras y ferrocarriles); Puentes. Viaductos y Túneles; Ingeniería legal (nociones de Derecho Civil y Administrativo, Estadística, Economía Política e Industrial).

Artículo 2Para Los Efectos De La Matrícula, El Rector Cuidará Que Los Alumnos Hagan Sus Estudios En El Orden De Prelación Necesaria Para Que Sean Provechosos, Y Procurará Que La Matrícula Se Ajuste A La Distribución De Los Cursos En Años Escolares

° Para los efectos de la matrícula, el Rector cuidará que los alumnos hagan sus estudios en el orden de prelación necesaria para que sean provechosos, y procurará que la matrícula se ajuste a la distribución de los cursos en años escolares. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Instrucción Pública