Micelio

decreto 185 de 1943

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Para sueldos del personal y alimentación de alumnos y empleados internos de la Escuela Normal de Varones, de Tunja, se distribuyen las siguientes partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así:

a)

Capítulo 63: artículo 898. Para sueldos del personal, en doce (12) meses, de enero a diciembre, así:

239,99

719,97

Para mobiliario

Total

1.000.00

$55.750.00

Artículo 898Para Sueldos Del Personal, En Doce (12) Meses, De Enero A Diciembre, Así: Rector $ 250

Artículo único. Para sueldos del personal y alimentación de alumnos y empleados internos de la Escuela Normal de Varones, de Tunja, se distribuyen las siguientes partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 63: artículo 898. Para sueldos del personal, en doce (12) meses, de enero a diciembre, así: Rector $ 250.00 3.000.00 Vicerrector (interno) 170.00 2.040.00 Secretario (interno) 80.00 960.00 Habilitado (interno) 130.00 1.560.00 Director de la Escuela Anexa (interno) 150.00 1.800.00 Profesor, de Educación Física (interno) 100.00 1.200.00 Profesor de trabajos manuales (interno) 80.00 960.00 Médico Profesor (externo) 70.00 840.00 Capellán (externo) 60.00 720.00 Dentista (externo) 60,00 720.00 Profesor de Música y Canto (externo) 60.00 720.00 Ecónomo (interno) 60.00 720.00 Bibliotecario (interno) 60.00 720.00 Enfermero (interno) 45:00 540.00 Carpintero (interno) 50.00 600.00 Portero (interno) 30.00 360.00 Dos Choferes (internos), a $ 40.00 cada uno 80.00 960.00 Trece Profesores internos, a .$ 140.00 cada uno 1.820.00 21.840.00 Profesor de Agricultura 100.00 1.200.00 Profesorado externo, hasta 360.00 4.320,00 Electricista Fontanero 50,00 600,00 Nueve Profesores de la Escuela Anexa, a $ 90.00 cada uno 810,00 9.720,00 Sumas $ 4675,00 56.100.00 Para servicio doméstico, en tres (3) meses, enero, febrero y marzo, según distribución que liará el Rector, hasta 239,99 719,97 Total $ 56.819,97

b)

Capítulo 63, articulo 899. Para alimentación en diez (10) meses, de febrero a noviembre, así Para 233 becados, a $ 15.00 cada ; uno $ 3495.00 34.960.00 28 empleados internos, a $ 15.00 cada uno 420.00 4.200.00 Para restaurante de la Escuela Anexa 500.00 5.000,00 Sumas $ 4.415.00 $ 44,160.00 Para alimentación en doce (12) meses, de enero a diciembre, así: Del servicio doméstico hasta $ 300.00 3.600 Servicios. De energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escrito excursiones, deportes y demás gastos de esta Normal 7.000.00 Suma. Para mobiliario Total $54.750,00 1.000.00 $55.750.00 Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de hacienda y Crédito Público
El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social, encargado del Despacho de Educación Nacional