Micelio

decreto 1063 de 1901

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Artículo 1

Artículo único. Apruébase el Decreto número 349, de 25 de Julio del corriente año, del Sr. Jefe Civil y Militar del Departamento de Bolívar; "por el cual se aumenta á cuatro pesos ($ 4) precio de cada arroba de sal marina nacional."

Firmas

El Subsecretario del Ministerio del Tesoro, encargado del Despacho
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda, encargado del Despacho de Instrucción Pública
El Ministro de Guerra