DecretoVigente
Decreto 2079 de 1937
Por el cual se reglamenta la administraciópn de las Unidades de la Policía Nacional y se fijan su personal y asignaciones
12artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Para La Buena Marcha Del Ramo Administrativo De Las Unidades De La Policía Nacional, Y La Preparación Técnica Del Personal De Oficiales Y Suboficiales En Estos Servicios, En Cada División O Sección Funcionarán, A Partir Del Primero De Enero De 1938, Las Siguientes Comisiones, Con El Personal Que Se Enumera: I2La Dirección De Estas Comisiones Corresponderá Al Comandante, Quien Será El Responsable Directo De Las Cuestiones Económicas Y Administrativas Ante La Dirección General Y Tendrá Como Colaborador Inmediato Al Segundo Jefe De La Unidad3Por Regla General, Toda Comisión Será Presidida Por El Oficial De Mayor Graduación O Antigüedad4El Personal De Oficiales De Las Comisiones Administrativas Será Relevado Semestralmente, Y Sus Nombramientos Serán Hechos Por La Dirección General5Los Cargos De Almacenista6Los Empleados De Manejo, Almacenista, Ecónomo Y Practicante, Prestarán La Fianza Que Determine La Contraloría General De La República7Para Los Ascensos De Alférez Al Grado De Subteniente, Se Tendrán En Cuenta Los Servicios Prestados En Los Cargos De Almacenista, Ecónomo Y Secretario8El Comandante De Unidad Cuidará Del Buen Funcionamiento De Las Comisiones Administrativas De Que Se Trata, Y Será Responsable En Los Casos Comprobados De Negligencia O Falta De Actividad En Su Función Fiscalizadora9De Las Pérdidas O Deterioros Injustificados Responderán Los Miembros De Las10Por Resoluciones De La Dirección General, Aprobadas Por El Ministerio De Gobierno, Se Reglamentarán Las Funciones De Los Empleados Y Comisiones Administrativas De Las Unidades11A Partir Del Primero De Enero Del Año Próximo, El Personal Civil Para Los Servicios Administrativos De Las Unidades Y Sus Asignaciones Mensuales, Serán Los Siguientes: Guarnicion De Bogota I División: 1 Médico $ 150 1 Practicante 65 1 Maestro 60 1 Sastre 50 1 Peluquero 50 1 Carpintero 50 1 Cocinero Para Tropa Y Oficiales 45 1 Cocinero Ayudante 40 1 Enfermero 40 1 Mesero Para Oficiales 35 3 Meseros Para Tropa, Cada Uno A 35 2 Rancheros Para Tropa, Cada Uno A 35 3 Sirvientes Para Aseo, Cada Uno A 35 Ii División: 1 Médico $ 150 1 Maestro 60 1 Sastre 50 1 Peluquero 50 1 Carpintero 50 1 Cocinero Para Tropa Y Oficiales 45 1 Cocinero Ayudante 40 1 Enfermero 40 1 Mesero Para Oficiales 35 3 Meseros Para Tropa, Cada Uno A 35 2 Rancheros Para Tropa, Cada Uno A 35 3 Sirvientes Para Aseo, Cada Uno A 35 Iii División: 1 Médico $ 150 1 Maestro 60 1 Sastre 50 1 Peluquero 50 1 Carpintero 50 1 Cocinero Para Tropa Y Oficiales 45 1 Cocinero Ayudante 40 1 Enfermero 40 1 Mesero Para Oficiales 35 3 Meseros Para Tropa, Cada Uno A 35 2 Rancheros Para Tropa, Cada Uno A 35 3 Sirvientes Para Aseo, Cada Uno A 65 Iv División: 1 Practicante $ 65 1 Maestro 60 1 Sastre 50 1 Peluquero 50 1 Carpintero 50 2 Cocineros Ayudantes Para Tropa Y Oficiales, Cada Uno 45 1 Enfermero 40 2 Meseros Para Tropa Y Oficiales, Cada Uno A 35 1: Ranchero Para Tropa $ 35 3 Sirvientes Para Aseo Cada Uno A 35 V División: 1 Médico $ 150 1 Practicante 65 1 Maestro 60 1 Sastre 50 1 Peluquero 50 1 Carpintero 50 1 Cocinero Para Tropa Y Oficiales 45 1 Cocinero Ayudante 40 1 Enfermero 40 1 Mesero Para Oficiales 35 3 Meseros Para, Tropa, Cada Uno A 35 2 Rancheros Para Tropa, Cada Uno A 35 3 Sirvientes Para Aseo, Cada Uno A 35 Vi División: 1 Médico $ 150 1 Practicante 65 1 Maestro 60 1 Sastre 50 1 Peluquero 50 1 Carpintero 50 1 Cocinero Para Tropa Y Oficiales 45 1 Cocinero Ayudante 40 1 Enfermero 40 1 Cocinero Para Tropa Y Oficiales 45 2 Rancheros Para Tropa, Cada Uno A 35 3 Sirvientes Para Aseo, Cada Uno A 35 Vii División: 1 Médico $ 150 1 Practicante 65 1 Maestro 60 1 Sastre 50 1 Peluquero 50 1 Carpintero 50 1 Cocinero Para Tropa Y Oficiales 45 1 Cocinero, Ayudante 49 112La Dirección De La Policía Nacional Podrá Variar La Distribución Del Personal Civil De Las Unidades De Acuerdo Con Las Necesidades Del Servicio Y Con Aprobación Del Ministerio De Gobierno
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