Micelio

decreto 2505 de 1955

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el Decreto legislativo número 2894 de 1954, y CONSIDERANDO que la Empresa Colombiana de Petróleos ha solicitado licencia para importar con destino al Campo petrolero de "El Centro", Santander del Sur, la cantidad de dos (2) tanques de acero de doscientos cincuenta (250) galones cada uno, para almacenamiento de aceite Fuel Diesel, y demostró que Acerías Paz del Río S. A., no puede venderle oportunamente tal artículo

Artículo 1

Artículo primero. Autorízase a la Empresa Colombiana de Petróleos para importar con destino al campo petrolero de "El Centro", Santander del Sur, la cantidad de dos (2) tanques de acero de doscientos cincuenta (250) galones de capacidad cada uno, para almacenamiento de aceite Fuel Diesel.

Artículo 2

Artículo segundo . Este Decreto rige desde la fecha de Su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Fomento, encargado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público