DecretoVigencia En Estudio
Decreto 3272 de 1985
Por el cual se toman medidas para la reintegración de la Corte Suprema de Justicia
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Con El Único Propósito De Llenar Las Vacantes Que Se Han Presentado En La Corte Suprema De Justicia, Como Resultado De Los Hechos A Que Se Refiere La Parte Motiva De Este Decreto, La Elección De Cada Una De Las Personas Que Deben Ocupar Las Plazas Vacantes Requerirá La Mayoría De Los Dos Tercios De Los Votos De Los Magistrados Que En La Actualidad Integran La Corporación2Mientras Dure El Actual Estado De Sitio, La Sede De La Corte Suprema De Justicia Será La Hemeroteca Del Banco De La República Y La Sede Del Consejo Del Estado Será La Casa De La Moneda Del Mismo Banco3Este Decreto Rige Desde Su Publicación Y Suspende Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Belisario BetancurEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Política, en desarrollo del Decreto 1038 de 1984, y
- Jaime CastroEl Ministro de Gobierno
- Augusto Ramirez OcampoEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Enrique Parejo GonzalezEl Ministro de Justicia
- Hugo Palacios MejiaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- General Miguel Vega UribeEl Ministro de Defensa Nacional
- Roberto Mejia CaicedoEl Ministro de Agricultura
- Gustavo Castro GuerreroEl Ministro de Desarrollo Económico
- Ivan Duque EscobarEl Ministro de Minas y Energía
- Liliam Suarez MeloLa Ministra de Educación Nacional
- Jorge Carrillo RojasEl Ministro de Trabajo y Seguridad Social
- Rafael De Zubiria GomezEl Ministro de Salud
- Noemi Sanin PosadaLa Ministra de Comunicaciones
- Rodolfo Segovia SalasEl Ministro de Obras Públicas y Transporte