Micelio

decreto 1718 de 1931

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO Que la organización del Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales demanda la ejecución de trabajos preliminares que requieren la creación de un empleado especial que los atienda

Considerando · 1 motivo

Que la organización del Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales demanda la ejecución de trabajos preliminares que requieren la creación de un empleado especial que los atienda;

Artículo 1Mientras El Consejo Administrativo De Los Ferrocarriles Nacionales Provee Lo Conveniente, Créase El Cargo De Secretario De Dicha Entidad, Con La Asignación Mensual De Trescientos Pesos ($ 300), Que Se Pagarán Por La Caja Del Ferrocarril Central Del Norte, Secciones Segunda Y Sur

° Mientras el Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales provee lo conveniente, créase el cargo de Secretario de dicha entidad, con la asignación mensual de trescientos pesos ($ 300), que se pagarán por la Caja del Ferrocarril Central del Norte, secciones segunda y Sur.

Artículo 2Para Desempeñar El Cargo A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Nómbrase Al Señor Roberto Herrera De La Torre

° Para desempeñar el cargo a que se refiere el artículo anterior, nómbrase al señor Roberto Herrera de la Torre. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas