Micelio

decreto 2809 de 1968

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que por medio del numeral 3º del artículo 59 de la Ley 45 de 1967, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados, a partir del primero de enero de 1968, en el Presupuesto de la vigencia fiscal en curso, con el objeto de atender a los gastos que requiera la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento del programa de inversiones y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito

Considerando · 4 motivos

Que por medio del numeral 3º del artículo 59 de la Ley 45 de 1967, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados, a partir del primero de enero de 1968, en el Presupuesto de la vigencia fiscal en curso, con el objeto de atender a los gastos que requiera la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento del programa de inversiones y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;

Que por medio de la Resolución ejecutiva número 365 de 1968, el Gobierno Nacional declaró sobrantes y disponibles unos saldos de apropiación en el Presupuesto de Gastos del Ministerio de Defensa Nacional, por valor de $ 3.415.710.23, y dispuso destinar el recurso para financiar la apertura de unos créditos adicionales al mismo Presupuesto;

Que para amparar la operación presupuestal de que se trata, el Contralor General de la República, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto - ley 1675 de 1964, expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 51 de 1968, por valor de $ 3.415.710.23, y;

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;

Artículo 1Hácense Los Siguientes Contracréditos Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1968: Presupuesto De Funcionamiento Ministerio De Defensa Nacional Capítulo 101 Administración Y Dirección Del Ministerio Programa 306 Gabinete Del Ministro Gastos Generales 106 151 213

º Hácense los siguientes contracréditos al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Defensa Nacional CAPÍTULO 101 Administración y Dirección del Ministerio Programa 306 Gabinete del Ministro Gastos generales 106 151 213. Artículo 1210. Apoyo operaciones militares $ 554.145.23 CAPÍTULO 102 Comando General Programa 207 Operación Administrativa del Comando General Servicios personales 101 151 109. Artículo 1217. Remuneración servicios técnicos 61.565.00 CAPÍTULO 103 Ejército Nacional Programa 311 Operación Administrativa del Ejército Servicios personales 101 152 103. Artículo 1235. Sueldos del personal de nómina 1.300.000.00 CAPÍTULO 104 Armada Nacional Programa 316 Operación Administrativa de la Armada Gastos generales 106 153 305. Artículo 1270. Materiales y suministros 1.000.000.00 CAPÍTULO 105 Fuerza Aérea Colombiana Programa 321 Operación Administrativa de la Fuerza Aérea Colombiana Servicios personales 102 154 117. Artículo 1287. Prima de Navidad 500.000.00 Suman los contracréditos $ 3.415.710.23

Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1968: Presupuesto De Funcionamiento Ministerio De Defensa Nacional Capítulo 101 Administración Y Dirección Del Ministerio Programa 306 Gabinete Del Ministro Gastos Generales 106 151 209

º Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Defensa Nacional CAPÍTULO 101 Administración y Dirección del Ministerio Programa 306 Gabinete del Ministro Gastos generales 106 151 209. Artículo 1208. Arrendamientos $ 363.209.59 Programa 306 - A Pago de vigencias expiradas Gastos generales 106 151 305. Artículo 1207 - A. Materiales y suministros 10.946.84 106 151 209. Artículo 1208 - A. Arrendamientos 179.988.80 CAPÍTULO 102 Comando General Programa 307 Operación Administrativa del Comando General Gastos generales 105 151 201. Artículo 1220. Mantenimiento y aseguros 30.782.50 106 151 305. Artículo 1225. Materiales y suministros 30.782.50 CAPÍTULO 103 Ejército Nacional Programa 311 Operación Administrativa del Ejército Gastos generales 106 152 205. Artículo 1243. Servicios de comunicaciones 300.000.00 106 152 207. Artículo 1244. Servicios públicos 1.000.000.00 CAPÍTULO 104 Armada Nacional Programa 316 Operación Administrativa de la Armada Gastos generales 106 153 207. Artículo 1269. Servicios públicos 400.000.00 Programa 318 Equipo y Material de Guerra Gastos generales 105 153 201. Artículo 1277. Mantenimiento y aseguros 600.000.00 CAPÍTULO 105 Fuerza Aérea Colombiana Programa 321 Operación Administrativa de la Fuerza Aérea Servicios personales 101 154 103. Artículo 1284. Sueldos del personal de nómina 500.000.00 Suman los créditos $ 3.415.710.23

Artículo 3El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público