Micelio

decreto 458 de 1982

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 120 de la Constitución Nacional ordinal 21 y por la Ley 78 de 1981, artículo 9º

Artículo 1

Artículo primero. Créanse en la Procuraduría Regional del Caquetá los siguientes cargos: Numero Cargo Grado 1 Procurador Regional 21 1 Abogado Asesor 18 1 Coordinador de Policía Judicial 17 2 Abogado Visitador 17 1 Secretario 12 1 Secretario 10 1 Sustanciador 8 1 Mecanotaquígrafo 6 2 Chofer 6 1 Citador 3 1 Auxiliar de Servicios Generales 3

Artículo 2

Artículo segundo. Adscrita a la Procuraduría Regional del Caquetá funcionará una (1) Unidad Seccional de Policía Judicial (Unidad Antinarcóticos), en la cual se crean los cargos que se detallan a continuación. Número Cargo Grado 1 Abogado Asesor 19 (Jefe de la Unidad) 1 Técnico en Criminalística 17 1 Técnico Investigador 17 2 Visitador 15 4 Agente Especial 11

Artículo 3

Artículo tercero. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquesey cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público