en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 120 de la Constitución Nacional ordinal 21 y por la Ley 78 de 1981, artículo 9º
Artículo 1
Artículo primero. Créanse en la Procuraduría Regional del Caquetá los siguientes cargos: Numero Cargo Grado 1 Procurador Regional 21 1 Abogado Asesor 18 1 Coordinador de Policía Judicial 17 2 Abogado Visitador 17 1 Secretario 12 1 Secretario 10 1 Sustanciador 8 1 Mecanotaquígrafo 6 2 Chofer 6 1 Citador 3 1 Auxiliar de Servicios Generales 3
Artículo 2
Artículo segundo. Adscrita a la Procuraduría Regional del Caquetá funcionará una (1) Unidad Seccional de Policía Judicial (Unidad Antinarcóticos), en la cual se crean los cargos que se detallan a continuación. Número Cargo Grado 1 Abogado Asesor 19 (Jefe de la Unidad) 1 Técnico en Criminalística 17 1 Técnico Investigador 17 2 Visitador 15 4 Agente Especial 11
Artículo 3
Artículo tercero. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquesey cúmplase.