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decreto 1534 de 2019

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Relaciones Exteriores, a efectos de modificar la planta de personal, presentó la correspondiente justificación técnica al Departamento Administrativo de la Función Pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto-ley 019 de 20

Considerando · 2 motivos

Que el Ministerio de Relaciones Exteriores, a efectos de modificar la planta de personal, presentó la correspondiente justificación técnica al Departamento Administrativo de la Función Pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto-ley 019 de 2012 y los artículos 2.2.12.1, 2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto número 1083 de 2015, obteniendo concepto técnico favorable de ese Departamento.

Que para los fines de este decreto, la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó viabilidad presupuestal.

Artículo 1Crear En La Planta De Personal Del Ministerio De Relaciones Exteriores, Los Siguientes Empleos: Número De Cargos Denominación Del Empleo Código Grado Despacho De Jefes De Misiones Diplomáticas Y Oficinas Consulares 1 (Uno) Embajador Extraordinario Y Plenipotenciario 0036 25

°. Crear en la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, los siguientes empleos: Número de Cargos Denominación del empleo Código Grado DESPACHO DE JEFES DE MISIONES DIPLOMÁTICAS Y OFICINAS CONSULARES 1 (uno) Embajador Extraordinario y Plenipotenciario 0036 25

Artículo 2El Ministro De Relaciones Exteriores Distribuirá Los Cargos De La Planta Global A Que Se Refiere El Artículo 1° Del Presente Decreto Mediante Acto Administrativo, Teniendo En Cuenta La Estructura, Los Planes, Los Programas Y Las Necesidades Del Servicio De La Entidad

°. El Ministro de Relaciones Exteriores distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 1° del presente decreto mediante acto administrativo, teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio de la entidad.

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica En Lo Pertinente El Decreto Número 3358 De 2009

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto número 3358 de 2009.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública