El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el Decreto legislativo número 2894 de 1954, y CONSIDERANDO que el Municipio de Barranquilla ha solicitado licencia para importar la cantidad de ciento cincuenta (150) toneladas de varillas de hierro con destino a la construcción de su Palacio Municipal y demostró que Acerías Paz del Río S. A., no puede venderles oportunamente tal artículo
Artículo 1
Artículo primero. Autorízase al Municipio de Barranquilla para importar ciento cincuenta (150) toneladas de varillas de hierro con destino a la construcción del Palacio Municipal de esa localidad.
Artículo 2
Artículo segundo. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Fomento