Micelio

decreto 2503 de 1959

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el Ministro de Agricultura Comité que tuvo como función primordial la pr

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO: Que por Decreto número 1718 de 3 de septiembre de 1958, se creó una Comisión Especial de Rehabilitación integrada por los Ministros de Gobierno, Justicia, Hacienda, Guerra. Salud Pública Educación Nacional y Obras Públicas, y que posteriormente entró a formar parte de este Comité el Ministro de Agricultura Comité que tuvo como función primordial la preparación y ejecución del plan de rehabilitación en las zonas afectadas por la violencia

Considerando · 2 motivos

Que por Decreto número 1718 de 3 de septiembre de 1958, se creó una Comisión Especial de Rehabilitación integrada por los Ministros de Gobierno, Justicia, Hacienda, Guerra. Salud Pública Educación Nacional y Obras Públicas, y que posteriormente entró a formar parte de este Comité el Ministro de Agricultura Comité que tuvo como función primordial la preparación y ejecución del plan de rehabilitación en las zonas afectadas por la violencia;

Que agotada la etapa de elaboración de los planes, y encontrándose ya muy avanzadas las obras de rehabilitación, el número de los miembros que integran la Comisión Especial puede reducirse sin afectar la coordinación prevista en ese Decreto;

Artículo 1

Artículo primero. La Comisión Especial de Rehabilitación creada por el Decreto número 1748 de 3 de septiembre de 1958, estará integrada en adelante por los Ministros de Gobierno Justicia, Agricultura y Obras Públicas.

Artículo 2

Artículo segundo. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno