Artículo 1
Auméntase en tres mil pesos ($3,000) la partida a señalada en el Decreto número 1898 del presente año, dará saneamiento del puerto de Buenaventura, Esta suma se imputará al capítulo 56. Artículo 568, del Presupuesto de la actual vigencia
Comuníquese y publíquese.
Artículo 568, Del Presupuesto De La Actual Vigencia Comuníquese Y Publíquese
Artículo único . Auméntase en tres mil pesos ($3,000) la partida a señalada en el Decreto número 1898 del presente año, dará saneamiento del puerto de Buenaventura, Esta suma se imputará al capítulo 56. Artículo 568, del Presupuesto de la actual vigencia Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
el Ministro de Gobiernos
El Ministro de Instrucción y Salubridad Públicas