en uso de sus facultades legales
Artículo 1La Partida De $ 43
° La partida de $ 43.000, apropiada en el Capítulo 79, artículo 1228-A del Presupuesto Nacional vigente, para sueldos de personal y sostenimiento en general del Colegio Mayor de Cultura Femenina de Cundinamarca, se distribuye así: Sueldos en diez (10) meses, de marzo a diciembre: Mensual. Total. Rector $ 500.00 5.000.00 Secretaria 300.00 3.000.00 Bibliotecaria 150.00 1.500.00 Mecanotaquígrafa 120.00 1.200.00 Decano de la Facultad de Letras 400.00 4.000.00 Secretaria de la Facultad de Letras 200.00 2.000.00 Director de la Sección de Secretariado 400.00 4.000.00 Secretaria de esta Sección 300.00 3.000.00 Jefe de la Sección de Auxiliares 250.00 2.500.00 Jefe de Laboratorio 250.00 2.500.00 Para catedráticos 1.430.00 14.300.00 Total $ 4.300.00 43.000.00
Artículo 2La Universidad Nacional Atenderá Al Pago De Los Demás Gastos De Sostenimiento Del Colegio Mayor De Cultura Femenina De Cundinamarca
° La Universidad Nacional atenderá al pago de los demás gastos de sostenimiento del Colegio Mayor de Cultura Femenina de Cundinamarca.
Artículo 3El Pago De Los Sueldos A Que Se Refiere El Presente Decreto Será Atendido Por El Síndico De La Universidad Nacional Comuníquese Y Publíquese
° El pago de los sueldos a que se refiere el presente Decreto será atendido por el Síndico de la Universidad Nacional Comuníquese y publíquese.