Micelio

decreto 1219 de 1985

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las atribuciones que le confieren los ordinales 3º y 12 del artículo 120 de la Constitución Política, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto 2343 de 1980 se reglamentan los Exámenes de Estado como pruebas académicas de cobertura nacional, para el ingreso a la educación superior, y con un carácter oficial y obligatorio

Considerando · 3 motivos

Que mediante el Decreto 2343 de 1980 se reglamentan los Exámenes de Estado como pruebas académicas de cobertura nacional, para el ingreso a la educación superior, y con un carácter oficial y obligatorio;

Que el artículo 6º de la precitada norma limitó la vigencia de los resultados de los Exámenes de Estado en cinco (5) años;

Que es política del Gobierno Nacional facilitar el ingreso a la educación superior al mayor número posible de aspirantes, por lo cual resulta inconveniente la limitación establecida en el artículo 6º del Decreto 2343 de 1980, sobre la vigencia de los Exámenes de Estado;

Artículo 1º La Vigencia De Los Resultados De Los Exámenes De Estado Reglamentados Por El Decreto 2343 De 1980 Será Indefinida

º La vigencia de los resultados de los Exámenes de Estado reglamentados por el Decreto 2343 de 1980 será indefinida.

Artículo 2º Este Decreto Deroga El Artículo 6º Del Decreto 2347 De 1980 Y Rige A Partir De Su Publicación

º Este Decreto deroga el artículo 6º del Decreto 2347 de 1980 y rige a partir de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las atribuciones que le confieren los ordinales 3º y 12 del artículo 120 de la Constitución Política, y
La Ministra de Educación Nacional