Micelio

decreto 50 de 1905

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El Presidente de la República de Colombia

En uso de sus facultades constitucionales

Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo para que pueda nombrar hasta dos Agentes Fiscales en el Exterior, con una asignación igual á la de los Ministros Diplomáticos de primera clase en Europa. El gasto que ocasione la autorización que se concede por el presente Decreto se considerará incluído en el Presupuesto de la presente vigencia. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda
El Ministro de Guerra
El Ministro de Instrucción Pública
El Ministro del Tesoro
El Ministro de Obras Públicas