Micelio

decreto 2502 de 1999

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El Presidente de la Republica de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del Artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998

Artículo 1Suprímense Los Siguientes Cargos De La Planta De Personal Del Centro Dermatológico Federico Lleras Acosta-Empresa Social Del Estado: Despacho De La Direccion General No

°. Suprímense los siguientes cargos de la planta de personal del Centro Dermatológico Federico Lleras Acosta-Empresa Social del Estado: DESPACHO DE LA DIRECCION GENERAL No. de Cargos Denominación del Empleo Código Grado 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 22 1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 13 PLANTA GLOBAL No. de Cargos Denominación del Empleo Código Grado 2 (dos) Jefe de Oficina 2045 24 1 (uno) Jefe de División 2040 24 9 (nueve) Profesional especializado 3010 21 1 (uno) Profesional universitario 3020 12 2 (dos) Profesional universitario 3020 10 2 (dos) Profesional universitario 3020 9 3 (tres) Técnico administrativo 4065 15 2 (dos) Asistente administrativo 4140 13 1 (uno) Secretario ejecutivo 5040 20 5 (cinco) Secretario ejecutivo 5040 18 1 (uno) Auxiliar administrativo 5120 22 6 (seis) Auxiliar administrativo 5120 17 7 (siete) Enfermero Auxiliar 5345 12

Artículo 2Fíjense Los Siguientes Cargos En La Planta De Personal Del Centro Dermatológico Federico Lleras Acosta-Empresa Social Del Estado: Despacho De La Direccion General No

°. Fíjense los siguientes cargos en la planta de personal del Centro Dermatológico Federico Lleras Acosta-Empresa Social del Estado: DESPACHO DE LA DIRECCION GENERAL No. de Cargos Denominación del Empleo Código Grado 1 (uno) Director General 15 23 2 (dos) Asesor 1020 10 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 24 1 (uno) Conductor Mecánico 5310 15 PLANTA GLOBAL No. de Cargos Denominación del Empleo Código Grado 2 (dos) Jefe de Oficina 137 14 1 (uno) Jefe de División 2040 25 2 (dos) Jefe de División 2040 24 10 (diez) Médico Especialista 3120 24 2 (dos) Profesional especializado 3010 18 2 (dos) Profesional especializado 3010 17 2 (dos) Profesional especializado 3010 16 4 (cuatro) Profesional especializado 3010 15 2 (dos) Profesional universitario 3020 14 2 (dos) Profesional universitario 3020 12 2 (dos) Profesional universitario 3020 10 3 (tres) Profesional universitario 3020 9 1 (uno) Técnico administrativo 4065 17 2 (dos) Técnico administrativo 4065 16 1 (uno) Técnico administrativo 4065 15 1 (uno) Técnico operativo 4080 12 2 (dos) Asistente administrativo 4140 15 1 (uno) Asistente administrativo 4140 11 2 (dos) Secretario ejecutivo 5040 22 5 (cinco) Secretario ejecutivo 5040 20 1 (uno) Auxiliar administrativo 5120 23 6 (seis) Auxiliar administrativo 5120 18 3 (tres) Auxiliar administrativo 5120 15 1 (uno) Auxiliar administrativo 5120 12 1 (uno) Operario calificado 5300 11 7 (siete) Enfermero auxiliar 5345 15

Artículo 3

Articulo 3º . El Director General mediante acto administrativo, distribuirá los cargos de la planta global del Centro Dermatológico Federico Lleras Acosta-Empresa Social del Estado y ubicará a los funcionarios de acuerdo con la naturaleza de las funciones, las necesidades del servicio y los planes y programas de la entidad.

Artículo 4

º . La provisión de los cargos de la planta de personal que fija el presente decreto está sujeta a las apropiaciones presupuestales vigentes.

Artículo 5º

º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los Decretos 2924 de 1994 y 2917 de 1997 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del Artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Salud
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública